Concurso de acreedores Ingofersa SL

Concurso de acreedores Ingofersa SL

El 23-07-2012, Ingofersa SL, en ALCAUDETE DE LA JARA (Toledo) se ha iniciado el concurso de acreedores por el tribunal de TOLEDO. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B79229753. La principal actividad de la empresa Ingofersa SL es construcción de edificios. Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.

Información General de Ingofersa SL

Nombre de la mercantil: Ingofersa SL
Localidad: ALCAUDETE DE LA JARA
Provincia: Toledo
Dirección: TRAVESIA DE LA PLAZA 545662 ALCAUDETE DE LA JARA
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B79229753
Número De Insolvencia: B79229753
Juzgado: Juzgado de TOLEDO

Actividad Principal de Ingofersa SL

La actividad de la empresa Ingofersa SL es Construcción

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

26-10-2012
A120072939

 

Auto de declaración de concurso

Cese de los Administradores

 
EdictoD/D.ª Alfonso José Moreno Moreno, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 y de lo Mercantil de Toledo, por el presente, hago saber:1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número sección I declaración concurso 0000273/2011 y NIG número 45168 41 1 2011 0004863, se ha dictado en fecha 23/07/2012, auto de declaración de concurso necesario abreviado del deudor Ingofersa, S.L., con CIF B-79229753, cuyo domicilio social lo tiene en Travesía Plaza, número 5 de Alcaudete de la Jara (Toledo).2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha designado, como administración concursal a don Ángel de Miguel Pinero, con domicilio postal en calle Sol, número 14-1.º B, 45600- Talavera de la Reina (Toledo) y dirección electrónica señalada [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada, no siendo válida la comunicación que se dirija directamente al Juzgado, la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.Toledo, 23 de julio de 2012.- El/La Secretario/a Judicial.

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