Concurso de acreedores terminado Antia Eraiki SL
El 14-12-2012, Antia Eraiki SL, en LEIOA (Vizcaya) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de BILBAO. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B95422721. La principal actividad de la empresa Antia Eraiki SL es construcción de edificios. El concurso ha concluido.
Información General de Antia Eraiki SL
Nombre de la mercantil: Antia Eraiki SL
Localidad: LEIOA
Provincia: Vizcaya
Dirección: ITURRIONDO (PAE IBARABARRI.EDIF. METRO) 048940 LEIOA
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B95422721
Número De Insolvencia: B95422721
Juzgado: Juzgado de BILBAO
Actividad Principal de Antia Eraiki SL
La actividad de la empresa Antia Eraiki SL es
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
03-05-2018
A180029260
Conclusión del concurso
EdictoEl Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de BilbaoAnunciaQue en el procedimiento concursal número 949/2012 en el que figura como concursado/a Antia Eraiki, S.L., CIF B95422721, se ha dictado el dÃa de hoy auto que declara concluso el concurso y acuerda el archivo de las actuaciones por haber finalizado la fase de liquidación.La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición del deudor.Asà mismo, se ha acordado también la extinción de la persona jurÃdica deudora.Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno.Bilbao (Bizkaia), 24 de abril de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.
16-11-2013
A130062702
Aprobación del plan de liquidación
Apertura de la sección seis
EdictoEl Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao (Bizkaia),Anuncia: Que en el procedimiento concursal número 949/12, referente al concursado Antia Eraiki, S.L., CIF B95422721, en fecha 04/11/13 se ha dictado auto aprobando el plan de liquidación, cuyo encabezamiento y parte dispositiva, es del tenor literal siguiente:AutoJuez que lo dicta: D. Zigor Oyarbide de la Torre.Lugar: Bilbao (Bizkaia).Fecha: Cuatro de noviembre de dos mil trece.Parte DispositivaPrimero.- Acuerdo aprobar el plan de liquidación del patrimonio de la entidad concursada en los términos propuestos por la concursada, al cual deberán de atenerse las operaciones de liquidación de la masa activa.En lo que no estuviere previsto, se seguirán las reglas legales supletorias recogidas en el artículo 149 LC.Segundo.- Recordar a la administración concursal la presentación de los textos definitivos, propuesta de retribución definitiva y los informes del artículo 152 de la LC.Tercero.- En caso de suspenderse las operaciones de liquidación con motivo de las impugnaciones del inventario o de la lista de acreedores, se podrá requerir a los impugnantes para que presten una caución que garantice los posibles daños y perjuicios por la demora.Cuarto.- Inscríbase la Aprobación del Plan de Liquidación en el Registro Mercantil (artículo 24 LC).Quinto.- Fórmese la sección sexta que se encabezará con testimonio de esta resolución del auto de declaración del concurso y del informe del Administrador concursal (artículo 167.1 LC). Hágase constar en el edicto que dentro de los diez días siguientes a la última publicación de esta resolución acordando la formación de la sección sexta, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.El edicto se fijará en el BOE, en el Registro Público Concursal y tablón de anuncios de la Oficina Judicial (artículos 23 LC) preferentemente por vía telemática.La publicación en el Boletín Oficial del Estado tendrá carácter gratuito por insuficiencia de bienes y derechos del concursado.Sexto.- Notificar la presente resolución al deudor y a los acreedores personados.Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia (artículo 455 LEC). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos impugnados (artículo 458.2 LEC).Bilbao (Bizkaia), 5 de noviembre de 2013.- La Secretario judicial.
22-05-2013
A130029043
Cese de los Administradores
Apertura de la fase de liquidación
Edicto.El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao (Bizkaia), anuncia:Que en el procedimiento concursal número 949/2012, referente al concursado «Antia Eraiki, S.L.», con CIF número B95422721, por auto de fecha 6-5-2013, se ha acordado lo siguiente:Primero.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.Segundo.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.Tercero.- Se ha declarado disuelta la concursada cesando en su función sus administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal.Bilbao, 9 de mayo de 2013.- El Secretario Judicial.
05-01-2013
A120085761
Auto de declaración de concurso voluntario
Cese de los Administradores
Edicto.Doña Begoña Vesga Gómez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao (Bizkaia), por el presente,Hago saber:Primero.-Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número 949/2012 y NIG número 48.04.2-12/030402, se ha dictado en fecha 14/12/2012 auto de declaración de concurso voluntario del deudor Antia Eraiki, S.L., con B-95422721, cuyo centro de intereses principales lo tiene en la circunscripción de esta jurisdicción.Segundo.-Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha designado, como administración concursal a don Emilio González Bilbao, con domicilio postal en Bilbao, calle Rodríguez Arias, 23, 2.º, Departamento 1 y dirección electrónica [email protected] señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.Tercero.-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el «Boletín Oficial del Estado».Bilbao, 14 de diciembre de 2012.- El/la Secretario judicial.