Concurso de acreedores terminado Exclusivas Aldima SL

Concurso de acreedores terminado Exclusivas Aldima SL

El 13-11-2012, Exclusivas Aldima SL, en POBLETE (Ciudad Real) se ha iniciado el concurso de acreedores por el tribunal de CIUDAD REAL. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B13318795. La principal actividad de la empresa Exclusivas Aldima SL es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas. El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.

Información General de Exclusivas Aldima SL

Nombre de la mercantil: Exclusivas Aldima SL
Localidad: POBLETE
Provincia: Ciudad Real
Dirección: ZORRERAS 013195 POBLETE
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B13318795
Número De Insolvencia: B13318795
Juzgado: Juzgado de CIUDAD REAL

Actividad Principal de Exclusivas Aldima SL

La actividad de la empresa Exclusivas Aldima SL es Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor

Publicaciones:

Publicaciones

Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

28-03-2016
A160014256

 

Conclusión por insuficiencia de masa activa

 
D. Rafael Villar Herrera, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, por el presente,Hago saber: Que en el proceso de concurso voluntario abreviado, seguido en este órgano judicial con el número 213/2012, a instancia de la Procuradora D.ª María del Carmen Baeza Díaz-Portales, en nombre de EXCLUSIVAS ALDIMA, S.L., con C.I.F. B- 13318795, se ha dictado auto de conclusión del concurso en fecha 11 de marzo de 2016, por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa, con aprobación de las cuentas presentadas por la Administración Concursal, contra el cual no cabe recurso alguno (artículo 177.1 de la Ley Concursal).Y para que sirva de publicidad en el BOE, a los efectos prevenidos en el artículo 177.3 de la Ley Concursal, en relación con el segundo párrafo del artículo 23 de la misma Ley, expido el presente.Ciudad Real, 11 de marzo de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.

03-06-2014
A140029877

 

Cese de los Administradores

Finalización de la fase común

Apertura de la fase de liquidación

Apertura de la sección seis

Declaración de vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados

 
D.ª María Pilar Moreno Arenas, Secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, anuncia:Que el procedimiento concursal abreviado número 213/2012, referente a la concursada «EXCLUSIVAS ALDIMA, S.L.», con CIF 13318795, por Auto de 27 de mayo de 2014 se ha acordado lo siguiente:1. Declarar finalizada la fase común y abrir la fase de liquidación del presente procedimiento concursal de la deudora concursada.2. La situación de la concursada durante la fase de liquidación será la de suspensión del ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio.3. Se declara disuelta la sociedad, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte.4. Requerir a la Administración concursal para que en el plazo improrrogable de quince días computados desde la notificación de esta resolución, presente un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC.5. El vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.6. Formar la Sección sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración del concurso (artículo 163.1.2.º de la LC). Póngase en conocimiento en el edicto que se publique, que dentro de los quince días siguientes a la última publicación del mismo, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.Ciudad Real, 27 de mayo de 2014.- Secretaria judicial.

03-06-2014
A140029877

 

Cese de los Administradores

Finalización de la fase común

Apertura de la fase de liquidación

Apertura de la sección seis

Declaración de vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados

 
D.ª María Pilar Moreno Arenas, Secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, anuncia:Que el procedimiento concursal abreviado número 213/2012, referente a la concursada «EXCLUSIVAS ALDIMA, S.L.», con CIF 13318795, por Auto de 27 de mayo de 2014 se ha acordado lo siguiente:1. Declarar finalizada la fase común y abrir la fase de liquidación del presente procedimiento concursal de la deudora concursada.2. La situación de la concursada durante la fase de liquidación será la de suspensión del ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio.3. Se declara disuelta la sociedad, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte.4. Requerir a la Administración concursal para que en el plazo improrrogable de quince días computados desde la notificación de esta resolución, presente un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC.5. El vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.6. Formar la Sección sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración del concurso (artículo 163.1.2.º de la LC). Póngase en conocimiento en el edicto que se publique, que dentro de los quince días siguientes a la última publicación del mismo, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.Ciudad Real, 27 de mayo de 2014.- Secretaria judicial.

26-02-2013
A130009790

 

Presentación del Informe de la administración concursal

Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos

 
D. Rafael Villar Herrera, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, por el presente, hago saber:1.- Que en la Sección I Declaración de Concurso número 0000213/2012, referente a la deudora Exclusivas Aldima, S.L., se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última publicación de este edicto, que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.3.- Para hacerlo es necesario estar asistido y representado por abogado y procurador (artículo 184.3 de la LC).Ciudad Real, 18 de febrero de 2013.- El Secretario Judicial.

13-11-2012
n/a

 

Auto de declaración de concurso

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