Concurso de acreedores Artcromo SL

Concurso de acreedores Artcromo SL

El 17-10-2012, Artcromo SL, en VALDEVERDEJA (Toledo) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de TOLEDO. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B45447109. La principal actividad de la empresa Artcromo SL es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas. Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.

Información General de Artcromo SL

Nombre de la mercantil: Artcromo SL
Localidad: VALDEVERDEJA
Provincia: Toledo
Dirección: CRUZ 945572 VALDEVERDEJA
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B45447109
Número De Insolvencia: B45447109
Juzgado: Juzgado de TOLEDO

Actividad Principal de Artcromo SL

La actividad de la empresa Artcromo SL es Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

15-11-2012
A120076757

 

Auto de declaración de concurso voluntario

Cese de los Administradores

 
Edicto.Doña Concepción Álvarez García, Secretaria Judicial de Juzgado de lo Mercantil de Toledo,Por el presente, hago saber:1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número Sección I Declaración Concurso 0000275/2012 y NIG 4516841 1 2012/0003963 se ha dictado, en fecha 17 de octubre de 2012, Auto de declaración de concurso voluntario abreviado del deudor «Artcromo, S.L.», con CIF B45447109, cuyo centro de intereses principales lo tiene en avenida de Castilla-La Mancha, s/n, polígono industrial de Alcolea de Tajo (Toledo).2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha designado como administración concursal al Abogado Víctor García García, colegiado número 393 del Ilustre Colegio de Abogados de Talavera de la Reina, con domicilio postal sito en Callejón de San Francisco, número 4, 2.º, local 4, de Talavera de la Reina, y dirección electrónica señalada: [email protected], para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.No siendo válida la comunicación de créditos que se efectúe directamente a este Juzgado.3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal, a la dirección postal o elctrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el «Boletín Oficial del Estado».Toledo, 17 de octubre de 2012.- La Secretaria Judicial.

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