Concurso de acreedores Stonecap SL.

Concurso de acreedores Stonecap SL.

El 24-10-2012, Stonecap SL., en LOS MONTESINOS (Alicante) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de ALICANTE. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B54471941. La principal actividad de la empresa Stonecap SL. es fabricación de otros productos minerales no metálicos. El síndico ha presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos.

Información General de Stonecap SL.

Nombre de la mercantil: Stonecap SL.
Localidad: LOS MONTESINOS
Provincia: Alicante
Dirección: INDUSTRIAL LEVANTE (CL DAYA NUEVA) -1003187 LOS MONTESINOS
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B54471941
Número De Insolvencia: B54471941
Juzgado: Juzgado de ALICANTE

Actividad Principal de Stonecap SL.

La actividad de la empresa Stonecap SL. es Industria

Publicaciones:

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

31-01-2013
A130003326

 

Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos

 
Don Jorge Cuéllar Otón, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Alicante con sede en Elche, por el presente, hago saber:Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores abreviado núm. 000418/2012, siendo la concursada Stonecap, S.L.U., en el que se ha presentado por la Administración Concursal el Informe preceptuado en el artículo 74 LC, y se ha dictado Providencia de fecha 22/01/2013, que contiene entre otros los siguientes pronunciamientos:1. Las partes personadas podrán impugnar el inventario y la lista de acreedores, dentro del plazo de diez días a contar desde la notificación de la presente resolución, a cuyo fin podrán obtener copia a su costa.2. Para los demás interesados el plazo de diez días se computará desde la publicación del edicto en el BOE.3. La impugnación habrá de formularse mediante escrito presentado en Decanato como tal que habrá de adoptar forma de demanda (art. 399 LEC, proponiendo si es de su interés la prueba que estime necesaria); dicho escrito de impugnación deberá verificar el traslado previo establecido en el artículo 276 LEC, con la preceptiva asistencia de Letrado y representación por Procurador (art. 184.3 de la LC).Elche, 22 de enero de 2013.- Secretario Judicial.

17-11-2012
A120076014

 

Auto de declaración de concurso voluntario

 
D. Jorge Cuéllar Otón, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Alicante con sede en Elche, por el presente HAGO SABER:Que por Auto de fecha 24/10/2012, en el procedimiento con número de autos 000418/2012 y N.I.G. 03065-66-2-2012-0000524, se ha declarado en Concurso Abreviado Voluntario al deudor STONECAP, S.L.U., con domicilio en Calle Daya Nueva, 10 (Polg. Ind. Levante), Los Montesinos (Alicante) y CIF nº B54471941, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante en el tomo 3426, folio 202, hoja núm. A-119942, representada por el procurador D/D.ª María Lucía Sánchez Pascual.Facultades del concursado: Suspendido.Administrador Concursal: Que ha sido nombrado D./Dª. José María Tur Buigues, colegiado del Ilustre Colegio de Titulados Mercantiles de Alicante con domicilio postal: Calle Hospital, 30, Entlo., Elche y dirección de correo electrónica: [email protected], para que los acreedores efectúen a su elección la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal.Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento del administrador concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de UN MES, a contar desde la fecha de publicación del presente B.O.E.Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.Examen de autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personación.Apertura de liquidación: Solicitada la liquidación por el deudor, se procede a la apertura de la misma con todos los efectos que previene el art. 145 de la Ley Concursal, con disolución de la mercantil.Se expide el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso conforme al artículo 23 LC.Elche, 5 de noviembre de 2012.- El Secretario Judicial.

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