Concurso de acreedores Atobi Grupo Inmobiliario SL.

Concurso de acreedores Atobi Grupo Inmobiliario SL.

El 04-03-2013, Atobi Grupo Inmobiliario SL., en SABIÑANIGO (Huesca) se ha iniciado el concurso de acreedores por el tribunal de HUESCA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B22269526. La principal actividad de la empresa Atobi Grupo Inmobiliario SL. es actividades relacionadas con el empleo. Se ha aprobado el plan de liquidación.

Información General de Atobi Grupo Inmobiliario SL.

Nombre de la mercantil: Atobi Grupo Inmobiliario SL.
Localidad: SABIÑANIGO
Provincia: Huesca
Dirección: DE SERRABLO 022600 SABIÑANIGO
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B22269526
Número De Insolvencia: B22269526
Juzgado: Juzgado de HUESCA

Actividad Principal de Atobi Grupo Inmobiliario SL.

La actividad de la empresa Atobi Grupo Inmobiliario SL. es Actividades administrativas y servicios auxiliares

Publicaciones:

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

04-01-2017
A160092807

 
Doña Paula Jarne Corral, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de 1.ª Instancia e Instrucción n.º 3 y Juzgado Mercantil de Huesca, por el presente,Hago saber:1.- Que en los Autos seguidos en este órgano judicial, sección 1.ª del concurso de acreedores n.º 45/2013, se ha dictado en esta fecha 20 de diciembre de 2016 Auto declarando la conclusión del concurso y el archivo de las actuaciones de Atobi Grupo Inmobiliario, S.L., con CIF B22269526 y domicilio en calle Serrablo, 62 de Sabiñanigo.2.- Que la conclusión del concurso se ha acordado por inexistencia de bienes y derechos del concursado ni de terceros, y se ha acordado igualmente la extinción de la personalidad jurídica de la concursada.Huesca, 20 de diciembre de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.

03-07-2013
A130038058

 

Aprobación del plan de liquidación

 
Don Luis Francisco Bernal Martín, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 y Mercantil de Huesca, anuncia:Que en la Sección V de liquidación, del concurso de acreedores 45/13 referente al deudor Atobi grupo Inmobiliario, S.L., con CIF B22269526, se ha dictado en esta fecha Auto aprobando el plan de liquidación presentado por la Administración Concursal.La misma resolución ha acordado la formación de la Sección VI de calificación.Dentro de los diez días siguientes a la publicación de este edicto, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.Huesca, 19 de junio de 2013.- Secretario Judicial.

23-05-2013
A130028019

 

Presentación del Informe de la administración concursal

Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos

Plan de liquidación

 
D. Luis Francisco Bernal Martín, Secretario Judicial del Juzgado de 1.ª Instancia e Instrucción n.º 3 y Mercantil de Huesca, anuncia:1.- Que en el concurso 45/2013, referente al deudor Atobi Grupo Inmobiliario, S.L., se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador (artículo 184.3 de la LC).3.- Igualmente, con esta fecha 13 de mayo de 2013 se ha puesto de manifiesto en la Oficina Judicial el plan de liquidación de los bienes y derechos del concursado, elaborado por la administración concursal.4.- El deudor y los acreedores pueden, en el plazo de quince días, desde la publicación de este edicto, formular observaciones y propuestas de modificación al mismo.Huesca, 13 de mayo de 2013.- Secretario Judicial.

30-03-2013
A130014431

 

Cese de los Administradores

Apertura de la fase de liquidación

 
Don Luis Francisco Bernal Martín, Secretario judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 3 y Juzgado Mercantil de Huesca, anuncia:Que en el concurso de acreedores 45/13, de «Atobi Grupo Inmobiliario, S.L.», se ha acordado lo siguiente:1. Abrir la fase de liquidación, a petición del deudor.2. Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.3. Se ha declarado disuelta la sociedad, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.Huesca, 18 de marzo de 2013.- Secretario Judicial.

19-03-2013
A130011351

 

Auto de declaración de concurso

Cese de los Administradores

 
D. Luis Francisco Bernal Martín, Secretario Judicial del Juzgado de 1.ª Instancia e Instrucción n.º 3 y Mercantil de Huesca, hago saber:1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el concurso de acreedores 45/2013 se ha dictado en esta fecha auto de declaración de concurso del deudor Atobi Grupo Inmobiliario, S.L., con CIF B22269526, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Serrablo, n.º 62, de Sabiñánigo.2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición por la administración concursal.Se ha designado, como administración concursal a Eduardo Estallo Escario, con domicilio profesional en C/ Villahermosa, n.º 1, de Huesca, teléfono 974228233, fax 974228786 y dirección de correo electrónico [email protected], para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.3º.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.4º.- No se admitirán bajo ninguna circunstancia insinuaciones de crédito dirigidas a este Juzgado, ya que las mismas deben dirigirse directamente a la administración concursal. Las insinuaciones de crédito que se presenten en el registro de decanato y tengan entrada en este Juzgado no serán proveídas ni registradas, dándosele el destino que organizativamente se decida. En el caso de existir personaciones en los escritos de insinuación, tampoco serán tenidas en cuenta, debiéndose realizar la personación en escrito exclusivo para tal fin.Huesca, 4 de marzo de 2013.- Secretario Judicial.

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