Concurso de acreedores terminado Adirondack SL

Concurso de acreedores terminado Adirondack SL

El 12-03-2013, Adirondack SL, en DERIO (Vizcaya) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de BILBAO. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B48557219. La principal actividad de la empresa Adirondack SL es otras actividades profesionales, científicas y técnicas. El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.

Información General de Adirondack SL

Nombre de la mercantil: Adirondack SL
Localidad: DERIO
Provincia: Vizcaya
Dirección: TEKNOLOGI (EDIF. 805) 048160 DERIO
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B48557219
Número De Insolvencia: B48557219
Juzgado: Juzgado de BILBAO

Actividad Principal de Adirondack SL

La actividad de la empresa Adirondack SL es Consultoría, investigación y prestación de servicios técnicos

Publicaciones:

Publicaciones

Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

11-04-2019
A190019635

 

Alzamiento de las limitaciones de administración

Conclusión por insuficiencia de masa activa

 
Edicto??El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),Anuncia:Que en el procedimiento número 198/13 se ha declarado la conclusión del concurso Voluntario del deudor Adirondack, S.L. con CIF B-48/557219, Adirondack H20, S.L.U. con CIF B-85/480622 y Adirondack Mare Nostrum, S.L.U. con CIF B-65/412751, cuya parte dispositiva dice literalmente lo siguiente:Primero.- Se declara concluso el procedimiento concursal número 198/13 referente al deudor Adirondack, S.L. con CIF B-48/557219, Adirondack H20, S.L.U. con CIF B-85/480622 y Adirondack Mare Nostrum, S.L.U. con CIF B-65/412751, por insuficiencia de la masa activa para el pago de los créditos contra la masa y se acuerda el archivo de las actuaciones.Segundo.- Se acuerda el cese de las limitaciones de administración y disposición del deudor que estuvieren subsistentes.Tercero.- Se declara que el deudor Adirondack, S.L., Adirondack H20, S.L.U. y Adirondack Mare Nostrum, S.L.U. queda responsable del pago a sus acreedores de la parte de sus créditos no satisfecha.Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o se declare nuevo concurso. Para tales ejecuciones la inclusión de su crédito en la lista definitiva de acreedores se equipara a una sentencia de condena firmeCuarto.- Se acuerda la extinción de la persona jurídica deudora, procediendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Bizkaia a cuyo efecto se expedirá mandamiento al citado Registro.Quinto.- Líbrense mandamientos de cancelación de la inscripción de declaración de concurso a los Registros en los que se inscribió dicha declaración.Sexto.- Anúnciese la resolución en el Boletín Oficial del Estado y en el Registro Público concursal.La publicación tendrá carácter gratuito por insuficiencia de bienes y derechos de la masa activa.Séptimo.- Si dentro del plazo de cinco años aparecieren nuevos bienes o derechos del deudor, se procederá conforme a lo dispuesto en el artículo 179 y siguientes de la Ley Concursal.Octavo.- Comuníquese la conclusión del concurso a los órganos judiciales administrativos a los que se ordenó la suspensión de los procedimientos de ejecución contra el patrimonio del deudor, a fin de que procedan, en su caso, a su archivo definitivo.Noveno.- Se declaran aprobadas las cuentas presentadas por la administración concursal.Contra este auto no cabe recurso alguno (artículo 177.1 de la LC).Lo acuerda y firma S.S.ª Doy fe.Bilbao, 27 de febrero de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, Jaime Mourenza Arriola.

03-04-2013
A130015105

 

Auto de declaración de concurso voluntario

 
El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC).ANUNCIA1º.-Que en el procedimiento número 198/2013, NIG nº 48.04.2-13/006089, por auto de 12/3/2013 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Adirondack S.L., Adirondak H20 S.L.U. y Adirondak Mare Nostrum S.L.U., con NIF B48557219, B85480622 Y B65412751, con domicilio en Calle Parque Tecnológico, Edificio nº 805-48160 Derio, Calle Punto Net nº 7-28805 Alcalá de Henares y calle Rocafort nº 111-08205 Sabadell.2º.-Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.3º.-Que la administración concursal está integrada por D. Pedro Luis Olabarri Lasuen, domicilio postal: Alameda Mazarredo nº 7-1º dcha. (Bilbao), dirección electrónica: [email protected]º.-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.El Pazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).6º.-Que las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán e la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal: www.publicidadconcursal.esBilbao (Bizkaia), 14 de marzo de 2013.- El Secretario Judicial.

Deja un comentario