Concurso de acreedores Prisma2005 Igv SL

Concurso de acreedores Prisma2005 Igv SL

El 27-03-2013, Prisma2005 Igv SL, en OLVERA (Cádiz) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de CÁDIZ. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B72015456. La principal actividad de la empresa Prisma2005 Igv SL es construcción de edificios.

Información General de Prisma2005 Igv SL

Nombre de la mercantil: Prisma2005 Igv SL
Localidad: OLVERA
Provincia: Cádiz
Dirección: MANUEL DE FALLA 4911690 OLVERA
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B72015456
Número De Insolvencia: B72015456
Juzgado: Juzgado de CÁDIZ

Actividad Principal de Prisma2005 Igv SL

La actividad de la empresa Prisma2005 Igv SL es Construcción

Publicaciones:

Publicaciones

Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

14-05-2013
A130024885

 

Auto de declaración de concurso voluntario

 
EdictoEl Juzgado de lo Mercantil de Cádiz, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:1.º Que en el procedimiento número 105/2013, con NIG 1101242M20130000075 por auto de 27 de marzo de 2013 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Prisma 2005 I.G.V., con domicilio y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Cádiz.2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas estas a la intervención de la administración concursal.3.º Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 de la LC. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido don Pedro Montero Cobo, con domicilio postal Avda. Eduardo Dato, 69, 6.ª planta, 41005- Sevilla y dirección electrónica [email protected] plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).Cádiz, 3 de mayo de 2013.- Secretaria Judicial.

Deja un comentario