Concurso de acreedores Obras Publicas Edificaciones Celo SL
El 12-04-2013, Obras Publicas Edificaciones Celo SL, en FUENTE ALAMO (Murcia) se ha iniciado el concurso de acreedores por el tribunal de MURCIA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B80943970. La principal actividad de la empresa Obras Publicas Edificaciones Celo SL es construcción de edificios. Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
Información General de Obras Publicas Edificaciones Celo SL
Nombre de la mercantil: Obras Publicas Edificaciones Celo SL
Localidad: FUENTE ALAMO
Provincia: Murcia
Dirección: REPUBLICA DE GUATEMALA 3630320 FUENTE ALAMO
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B80943970
Número De Insolvencia: B80943970
Juzgado: Juzgado de MURCIA
Actividad Principal de Obras Publicas Edificaciones Celo SL
La actividad de la empresa Obras Publicas Edificaciones Celo SL es Construcción
Publicaciones:
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
06-06-2013
A130033363
Auto de declaración de concurso
Cese de los Administradores
EdictoDoña Ángela Quesada Martos, Secretario/a Judicial de Juzgado de lo Mercantil núm. dos de Murcia, por el presente, hago saber:1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración, Concurso 63/2013, se ha dictado en fecha 12 de abril de 2013 Auto de declaración de Concurso del deudor Obras Públicas Edificaciones, S.L., con B-80943970, cuyo centro de intereses principales lo tiene en C/ República Guatemala, n.º 36, de Fuente Álamo (Murcia).2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición que ejercerá la Administración Concursal. Se ha designado, como administración concursal a la Sociedad Administración Concursal del Mediterráneo, S.L.P., que ha designado como profesional para el desarrollo del cargo al Abogado D. Juan Carlos González Sánchez con domicilio postal en C/ Cardenal Tarancón, n.º 1, bajo, 03330 Crevillente (Alicante), y dirección electrónica señalada [email protected], para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.3º.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.Murcia, 29 de mayo de 2013.- Secretario judicial.