Concurso de acreedores Conscorve SL

Concurso de acreedores Conscorve SL

El 04-04-2013, Conscorve SL, en ALHAURIN DE LA TORRE (Málaga) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de MÁLAGA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B29879830. La principal actividad de la empresa Conscorve SL es ingeniería civil. Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.

Información General de Conscorve SL

Nombre de la mercantil: Conscorve SL
Localidad: ALHAURIN DE LA TORRE
Provincia: Málaga
Dirección: LIMA 6029130 ALHAURIN DE LA TORRE
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B29879830
Número De Insolvencia: B29879830
Juzgado: Juzgado de MÁLAGA

Actividad Principal de Conscorve SL

La actividad de la empresa Conscorve SL es Construcción

Publicaciones:

Publicaciones

Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

29-04-2013
A130021499

 

Auto de declaración de concurso voluntario

Cese de los Administradores

 
EdictoEl Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Málaga, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:1.º Que en el procedimiento número 301/13, por auto de 4 de abril de 2013 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Conscorve, S.L., CIF B-29879830, con domicilio en c/ Lima, 60, Alhaurín de la Torre (Málaga) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga.2.º Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal.3.º Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 de la LC. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido Luis Sánchez Pérez, con domicilio postal en Plaza Campo Verde, 3-3.º, 18001 Granada, y dirección electrónica [email protected] plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado.4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC).Málaga, 9 de abril de 2013.- La Secretario Judicial.

Deja un comentario