Concurso de acreedores Construcciones Cibuyo SL
El 31-01-2013, Construcciones Cibuyo SL, en CANGAS DEL NARCEA (Asturias) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de OVIEDO. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B33201823. La principal actividad de la empresa Construcciones Cibuyo SL es construcción de edificios. Se ha abierto la sección 6.
Información General de Construcciones Cibuyo SL
Nombre de la mercantil: Construcciones Cibuyo SL
Localidad: CANGAS DEL NARCEA
Provincia: Asturias
Dirección: CIBUYO 033800 CANGAS DEL NARCEA
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B33201823
Número De Insolvencia: B33201823
Juzgado: Juzgado de OVIEDO
Actividad Principal de Construcciones Cibuyo SL
La actividad de la empresa Construcciones Cibuyo SL es
Publicaciones:
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
07-08-2014
A140041087
Apertura de la sección seis
EdictoDoña María Amor Rodríguez Díaz, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Oviedo,Hago saber: Que en este Juzgado se tramita procedimiento concursal número 150/12 (NIG 33044 47 1 2012 0000373), relativo a Construcciones Cibuyo, S.L., con CIF B-33201823, en el cual, con fecha 22/07/14, se dictó auto acordando formar la sección sexta, estableciendo que desde la última publicación del referido auto, el cual se ordena publicar mediante edicto a publicar en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, tendrá un plazo de diez días para personarse y ser parte en la mencionada sección sexta.Oviedo, 22 de julio de 2014.- La Secretaria.
06-07-2013
A130038631
Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
EdictoDoña María Amor Rodríguez Díaz, Secretaria del Juzgado Mercantil número 1 de Oviedo,Hago saber: Que en este Juzgado se tramita procedimiento concursal número 150/12 (NIG 33044 47 1 2012 0000373) relativo a Construcciones Cibuyo, S.L., con CIF: B-33201823 en el cual con fecha 3 de junio de 2013, se ha dictado providencia anunciando la presentación, por parte de la Administración Concursal, del informe a que se refieren los artículos 74 y 75 de la Ley Concursal. Se acuerda igualmente en dicha resolución que los interesados podrán impugnar tanto el inventario de bienes y derechos como la lista de acreedores en aquello que estimen que les es perjudicial. El plazo para verificar esa impugnación es de diez días, que respecto a los no personados en el procedimiento, se computará desde la última publicación de este edicto, publicación que se ha acordado realizar en este Diario y en el Tablón de Anuncios del JuzgadoOviedo, 3 de junio de 2013.- La Secretaria Judicial.
08-04-2013
A130016531
Auto de declaración de concurso voluntario
Cese de los Administradores
EdictoDoña María Amor Rodríguez Díaz, Secretaria Judicial de Juzgado de lo Mercantil número 1 de Oviedo, por el presente, hago saber:1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número 0000150/2012 y número de identificación general 33004 47 1 2012 0000373 se ha dictado en fecha 31 de enero de 2013 Auto declarando en concurso voluntario y necesario al deudor Construcciones Cibuyo, S.L., con CIF B-33201823, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Cangas del Narcea, Cibuyos, número 51.2º.- Se ha nombrado como Administrador Concursal a doña Ana de la Fuente Jiménez, quien ha designado al objeto de que los acreedores efectúen la comunicación de créditos prevista en el artículo 85 de la Ley Concursal y cualquier otro acto de comunicación con la Administración Concursal, el siguiente domicilio postal en la calle Pelayo, 7, 3.º C, de Oviedo, código postal 33003, y la siguiente dirección electrónica: [email protected] horario de atención al público facilitado por la Administración Concursal es: de 09:00 a 13:30 y de 16:00 a 19:00 de lunes a jueves y el viernes de 09:00 a 13:30.Los acreedores deberán comunicar sus créditos a la Administración Concursal en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el BOE, y dicha comunicación deberá efectuarse cumpliendo los requisitos previstos en el artículo 85 de la Ley Concursal.3º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición del deudor.Oviedo, 21 de marzo de 2013.- La Secretaria Judicial.