Concurso de acreedores terminado Bodegas Adara SL
El 21-05-2013, Bodegas Adara SL, en HARO (La Rioja) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de LOGROÑO. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B31886658. La principal actividad de la empresa Bodegas Adara SL es fabricación de bebidas. El concurso ha concluido.
Información General de Bodegas Adara SL
Nombre de la mercantil: Bodegas Adara SL
Localidad: HARO
Provincia: La Rioja
Dirección: COSTA DEL VINO 026200 HARO
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B31886658
Número De Insolvencia: B31886658
Juzgado: Juzgado de LOGROÑO
Actividad Principal de Bodegas Adara SL
La actividad de la empresa Bodegas Adara SL es Industria
Publicaciones:
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
08-02-2016
A160004890
Conclusión del concurso
EdictoDoña María Asunción González Elías, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de 1.ª Instancia n.º 6 y Mercantil de Logroño (La Rioja), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23.1 y 177.3 de la Ley Concursal,Anuncia1.º-Que en el procedimiento número 456/13, NIG 26089 42 1 2013 0002844 por auto de fecha tres de febrero de dos mil dieciséis se ha acordado la conclusión del concurso seguido sobre la mercantil BODEGAS ADARA, S.L., con CIF B-31886658 y domicilio social en avenida Costa del Vino, n.º 7, de Haro (La Rioja), inscrita en el Registro Mercantil de La Rioja al Tomo 656, libro 0, folio 80, hoja LO-11708. Asimismo se ha acordado el archivo de las actuaciones por inexistencia de bienes y derechos del concursado con los que satisfacer a los acreedores, sin haber declaración de responsabilidad de terceros.2.º-Se ha aprobado la rendición de cuentas presentada en su día por la Administración concursal de la concursada.3.º-La deudora queda responsable del pago de los créditos no satisfechos. Asimismo, los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o se declare uno nuevo.4º.- Se acuerda además la extinción de la personalidad jurídica de BODEGAS ADARA S.L., cuyos datos arriba mencionados se dan por reproducidos, disponiendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil.5º.- A la conclusión del concurso se le da la misma publicidad que cuando se decretó, publicando el correspondiente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado, así como en el BOE y en el Registro Público Concursal.Logroño, 3 de febrero de 2016.- La Letrado de la Administración de Justicia.
29-05-2014
A140024228
Plan de liquidación
Aprobación del plan de liquidación
Apertura de la sección seis
Edicto.Doña María Asunción González Elías, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Logroño y de lo Mercantil de La Rioja, anuncia:Que en el procedimiento concursal número 456/13 referente a la entidad BODEGAS ADARA, S.L., con fecha treinta de abril de dos mil catorce se ha dictado Auto, mediante el cual se ha acordado lo siguiente:1.- Aprobar el plan de liquidación presentado por la administración concursal de BODEGAS ADARA, S.L., al cual deberán de atenerse las operaciones de liquidación de la masa activa.2.- Recordar a la administración concursal la presentación de los informes del artículo 152 de la LC.3.- Líbrese mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de La Rioja, a fin de que se lleve a cabo la correspondiente inscripción, conforme a lo dispuesto en el artículo 24.2 de la Ley Concursal.4.- Se acuerda la formación de la sección sexta, que se encabezará con testimonio de esta resolución y se incorporarán a ella testimonios de la solicitud de declaración de concurso, de la documentación que hubiera presentado el deudor con su solicitud y a requerimiento del Juez, del informe y de los textos definitivos. Dentro de los diez días siguientes a la última publicación que, conforme a lo establecido en la Ley Concursal, se va a otorgar al auto que aprueba el plan de liquidación, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la Sección alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable, en su caso.5.- Anúnciese por edictos la presente resolución por la que se aprueba el plan de liquidación, así como la formación de la sección sexta (de calificación del concurso), que se fijarán en el tablón de anuncios del Juzgado y se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en Registro Público concursal.6.- Notificar la presenta resolución al deudor y a los acreedores personados.Logroño, 30 de abril de 2014.- El/la Secretario/a Judicial.
18-03-2014
A140011503
Cese de los Administradores
Finalización de la fase común
Apertura de la fase de liquidación
Apertura de la sección quinta
Declaración de vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados
EdictoDoña María Asunción González Elías, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Logroño y de lo Mercantil de La Rioja, anuncia:Que en el procedimiento concursal número 456/13, referente a la entidad BODEGAS ADARA, S.L. con CIF B-31886658, por auto de fecha trece de febrero de dos mil catorce se ha acordado lo siguiente:1. Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor, la cual se evacuó dentro de los términos procesales a que alude el art. 142.1.2º de la Ley Concursal, declarando finalizada la fase común y formándose la sección quinta del concurso.2. La suspensión de las facultades de administración y disposición de la entidad concursa sobre su patrimonio.3. La disolución de la entidad concursa, cesando en su función sus Administradores, que serán sustituidos por la Administración Concursal.4. El vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.Este edicto se publicará en el B.O.E. y en el tablón de anuncios de este Juzgado.Logroño, 13 de febrero de 2014.- El/La Secretario/a Judicial.
14-09-2013
A130050135
Presentación del Informe de la administración concursal
Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
EdictoDoña María Asunción González Elías, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia de Logroño,Anuncia:1.º Que en la Sección I Declaración Concurso 456/2013, referente al deudor Bodegas Adara, S.L., se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el capítulo I del título IV de la Ley Concursal y la lista de acreedores.Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.2.º Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.3.º Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador (artículo 184.3 de la LC).Logroño, 24 de julio de 2013.- La Secretaria Judicial.
03-07-2013
A130037956
Auto de declaración de concurso voluntario
EdictoDoña María Asunción González Elías, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Logroño y Mercantil de La Rioja, por el presente, hago saber:1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 456/2013, sección I declaración concurso voluntario abreviado se ha dictado en fecha 21 de mayo de 2013, auto de declaración de concurso del deudor Bodegas Adara, S.L., con domicilio social en Haro (La Rioja), Avenida Costa del Vino, 7, y CIF B-31886658.2.º Se ha acordado que el deudor conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido en el ejercicio de estas facultades a la intervención de los administradores concursales mediante autorización o conformidad. Se ha designado, como administración concursal a la persona física don Álvaro González González Cuevas, habiendo comparecido a aceptar el cargo, con domicilio profesional en Logroño, calle Miguel Villanueva, n.º 3, 1.º Oficina 3-4, y dirección electrónica señalada concursobodegasadara@solem consultores.es para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.Logroño, 3 de junio de 2013.- El/La Secretario/a Judicial.