Concurso de acreedores Apat Balears SL.

Concurso de acreedores Apat Balears SL.

El 05-07-2013, Apat Balears SL., en SINEU (Baleares) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de PALMA DE MALLORCA. Como síndico se ha designado LLOMPART QUIROS, JOSE FRANCISCO. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B57638264. La principal actividad de la empresa Apat Balears SL. es servicios de comidas y bebidas. Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.

Información General de Apat Balears SL.

Nombre de la mercantil: Apat Balears SL.
Localidad: SINEU
Provincia: Baleares
Dirección: 11 007510 SINEU
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B57638264
Número De Insolvencia: B57638264
Juzgado: Juzgado de PALMA DE MALLORCA

Actividad Principal de Apat Balears SL.

La actividad de la empresa Apat Balears SL. es Servicios de alojamientos, comidas y bebidas

Publicaciones:

Publicaciones

Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

03-08-2013
A130046574

 

Auto de declaración de concurso voluntario

Cese de los Administradores

 
Doña Francisca Frontera Llompart, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber:1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 427/2013-C (NIG n.º 07040 47 1 2013/0000972), se ha dictado en fecha 05/07/2013, auto de declaración de concurso voluntario abreviado del deudor Apat Balear, S.L., con CIF B57638264 y con domicilio en Polígono 11, parcela 112, bajos de Sineu.2.º Se ha acordado la intervención por la Administración concursal de las facultades de administración y disposición del declarado en concurso.3.º Se ha nombrado Administrador concursal don José Francisco Llompart Quirós, con D.N.I. número 43075274-T, con domicilio profesional en calle Castillejos, n.º 1 bajos, C.P. 07007 (Palma) y dirección de correo electrónico [email protected].º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC.5.º Dicha comunicación deberá presentarse directamente a la Administración Concursal en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos. La comunicación podrá presentarse o remitirse al domicilio designado al efecto por la Administración Concursal. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.La comunicación expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales.También se señalará por el acreedor un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicados. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito. Salvo que los títulos o documentos figuren inscritos en un registro público, la administración concursal podrá solicitar los originales o copias autorizadas de los títulos o documentos aportados, así como cualquier otra justificación que considere necesaria para el reconocimiento del crédito.6.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art.º 184.3 Ley Concursal).Palma de Mallorca, 31 de julio de 2013.- La Secretario Judicial.

Deja un comentario