Concurso de acreedores Pumade Sa
El 07-05-2013, Pumade Sa, en LALIN (Pontevedra) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de PONTEVEDRA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el A36060754. La principal actividad de la empresa Pumade Sa es industria de la madera y del corcho, excepto muebles; cestería y espartería. Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
Información General de Pumade Sa
Nombre de la mercantil: Pumade Sa
Localidad: LALIN
Provincia: Pontevedra
Dirección: DE BOTOS 036500 LALIN
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: A36060754
Número De Insolvencia: A36060754
Juzgado: Juzgado de PONTEVEDRA
Actividad Principal de Pumade Sa
La actividad de la empresa Pumade Sa es Industria
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
30-05-2013
A130028994
Auto de declaración de concurso voluntario
Cese de los Administradores
EdictoDon José Luís Gutiérrez Martín, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Pontevedra, por el presente, hago saber:1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número Sección I Declaración de Concurso 90/2013-C y NIG número 36038 47 1 2013 000002 se ha dictado en fecha 29 de abril del 2013, Auto de Declaración de Concurso voluntario Ordinario del deudor Pumade sociedad anónima, con CIF número A-36.060.754 y domicilio social en Polígono Industrial de Botos, s/n, 36514 de Lalín. Inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra al folio 134, libro 690 de Sociedades, Inscripción 1ª de la hoja número 9.509.2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo la concursada bajo la autorización o supervisión de la Administración Concursal al letrado Don Álvaro Jaime Lois Puente, con domicilio profesional en calle Michelena, número 23, 1º derecha, 36002 de Pontevedra, e-mail: [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín oficial del Estado.Pontevedra, 7 de mayo de 2013.- Secretario Judicial.