Concurso de acreedores Explotaciones De Canteras La Sagra SL

Concurso de acreedores Explotaciones De Canteras La Sagra SL

El 19-07-2013, Explotaciones De Canteras La Sagra SL, en PANTOJA (Toledo) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de TOLEDO. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B45475241. La principal actividad de la empresa Explotaciones De Canteras La Sagra SL es otras industrias extractivas. Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.

Información General de Explotaciones De Canteras La Sagra SL

Nombre de la mercantil: Explotaciones De Canteras La Sagra SL
Localidad: PANTOJA
Provincia: Toledo
Dirección: VEREDA PRADO 045290 PANTOJA
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B45475241
Número De Insolvencia: B45475241
Juzgado: Juzgado de TOLEDO

Actividad Principal de Explotaciones De Canteras La Sagra SL

La actividad de la empresa Explotaciones De Canteras La Sagra SL es Extracción de recursos minerales

Publicaciones:

Publicaciones

Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

07-08-2013
A130046536

 

Auto de declaración de concurso voluntario

Cese de los Administradores

 
EdictoDon Alfonso José Moreno Moreno, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º1 de Toledo, por el presente, hago saber:1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número Sección I Declaración de Concurso 231/2013 y NIG 45168 41 1 0010628 13, se ha dictado, en fecha 19 de julio de 2013, Auto de Declaración de Concurso Voluntario del deudor Explotaciones de Canteras La Sagra, S.L, con CIF: B-45475241, cuyo centro de intereses principales lo tiene en domicilio social.2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición. Se ha designado, como administración concursal a Abogado Luis Gómez de las Heras Martín Maestro y la economista Inés Cañizares Pacheco, como auxiliar delegada, con domicilio postal en calle Duque de Lerma, número 5, 1º, puerta 2, 45004 y dirección electrónica señalada [email protected] para que los acreedores a su elección, efectúen la comunicación de créditos.3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal, a la dirección postal o electrónica inidicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes del día siguiente a la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del estado.4º.- No siendo válidas las comunicaciones de créditeo aportas a este Juzgado. Público Concursal.Toledo, 19 de julio de 2013.- El/La Secretario/a Judicial.

Deja un comentario