Concurso de acreedores Mmix-Rayver SL

Concurso de acreedores Mmix-Rayver SL

El 28-06-2013, Mmix-Rayver SL, en PEDRAJAS DE SAN ESTEBAN (Valladolid) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de MADRID. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B47642244. La principal actividad de la empresa Mmix-Rayver SL es confección de prendas de vestir.

Información General de Mmix-Rayver SL

Nombre de la mercantil: Mmix-Rayver SL
Localidad: PEDRAJAS DE SAN ESTEBAN
Provincia: Valladolid
Dirección: JUAN CARLOS I 047430 PEDRAJAS DE SAN ESTEBAN
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B47642244
Número De Insolvencia: B47642244
Juzgado: Juzgado de MADRID

Actividad Principal de Mmix-Rayver SL

La actividad de la empresa Mmix-Rayver SL es Industria

Publicaciones:

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

14-08-2013
A130046917

 

Auto de declaración de concurso voluntario

 
EdictoDoña Cristina Pousa Blasco, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:1.º Que en el procedimiento número 377/2013, por auto de fecha 28/06/2013, se ha declarado en concurso voluntario ordinario al deudor Mmix Rayver, S.L. con CIF: B47642244, cuyo centro principal de intereses lo tiene en Madrid.2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración concursal.3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.La comunicación de créditos se realizará exclusivamente en el domicilio designado por el Administrador Concursal doña Ana Jose Campos Muñoz, con domicilio en C/ Carretera de Canillas 138, 2.º 15C de Madrid o comunicarse por correo electrónico a la siguiente dirección: [email protected].º El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el «Boletín Oficial del Estado» de forma gratuita, indicando que el Registro Público concursal no está desarrollado reglamentariamente.No producirá efectos la comunicación de créditos realizada directamente al Juzgado.5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).Madrid, 31 de julio de 2013.- La Secretaria Judicial.

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