Concurso de acreedores terminado Segilpas SL
El 10-05-2013, Segilpas SL, en ASPE (Alicante) se ha iniciado el concurso de acreedores por el tribunal de ALICANTE. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B03075231. La principal actividad de la empresa Segilpas SL es fabricación de muebles. El concurso ha concluido.
Información General de Segilpas SL
Nombre de la mercantil: Segilpas SL
Localidad: ASPE
Provincia: Alicante
Dirección: ALICANTE 203680 ASPE
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B03075231
Número De Insolvencia: B03075231
Juzgado: Juzgado de ALICANTE
Actividad Principal de Segilpas SL
La actividad de la empresa Segilpas SL es Industria
Publicaciones:
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
04-12-2014
A140058746
Alzamiento de las limitaciones de administración
Conclusión del concurso
Doña Cristina Cifo González, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Alicante, por el presente,Hago saber: Que en el Concurso Abreviado n.º 381/2013, seguido en este Órgano Judicial, a instancia la mercantil Segilpas, S.L., con C.I.F B-03075231, con domicilio social en Aspe (Alicante), Ctra. Alicante, Km. 2.5, 03680, se ha dictado auto de conclusión del concurso por inexistencia de bienes en fecha 18/11/14, que es firme y, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:Anuncio:Parte dispositiva1.- Se declara concluso el concurso de acreedores de Segilpas, S.L.2. El deudor Segilpas, S.L. queda responsable del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares.3.- Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración y disposición del deudor Segilpas, S.L., que vinieron en su día acordadas a salvo las que se contengan en la sentencia de calificación.4.- Se acuerda la extinción de Segilpas, S.L., con C.I.F B-03075231, con domicilio social en Aspe (Alicante), Ctra. Alicante, Km. 2.5. 03680, decretándose la cancelación de su hoja registral de inscripción. Para su efectividad, líbrese mandamiento al Sr. Registrador Mercantil de la Provincia.5. Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 16/10/14.6. Se acuerda el cese de lo administradores concursales, a salvo la facultad para proseguir actuaciones en defensa de intereses patrimoniales de la concursada y, en especial la reclamación de devoluciones de IVA ante la Agencia Tributaria, debiendo dar inmediatamente cuenta del resultado de las mismas y de la aplicación efectuada.Y requiérase la devolución de la credencial.Notifíquese a las partes personadas y publíquese por medio de edicto en el BOE de forma gratuita y en el tablón de anuncios de este Juzgado e inscríbase en el Registro Mercantil.Líbrense al efecto los correspondientes mandamientos y oficios que se entregan al Procurador del solicitante para su diligenciamiento, debiendo en el plazo de 5 días acreditar la presentación con los requisitos necesarios ante las oficinas correspondientes, bajo apercibimiento de incurrir en responsabilidad profesional en caso de demora.Contra esta resolución no cabe recurso (art 177).Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma el Itmo Sr. D. RAFAEL FUENTES DEVESA, Magistrado Juez de este Juzgado. Doy fe.Alicante, 18 de noviembre de 2014.- La Secretaria judicial.
29-01-2014
A140002532
Cese de los Administradores
Apertura de la fase de liquidación
Convocatoria de Junta de Acreedores
Declaración de vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados
Doñ. Cristina Cifo González, Secretaria Judicial de Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Alicante, anuncia:Que en el proceso concursal número 381/13 seguido contra la mercantil Segilpas, S.L., con C.I.F B-03075231, con domicilio social en Aspe (Alicante), Ctra. Alicante, km 2.5, 03680, de conformidad con el artículo 21 y 23 de la Ley Concursal, se dicta el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de apertura de fase de liquidación de fecha 16/01/2014 cuya parte dispositiva es la siguiente:Parte Dispositiva1. Se deja sin efecto la convocatoria de la junta de acreedores para el día 24/01/14 y se archiva la fase de convenio del concurso Segilpas, S.L.2. Se decreta la apertura de la fase de liquidación del concurso Segilpas, S.L.3. Se acuerda la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor Segilpas, S.L., sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal.4. Se declara la disolución de la mercantil concursada Segilpas, S.L., con C.I.F B-03075231, con domicilio social en Aspe (Alicante), Ctra. Alicante, km 2.5, 03680, así como en todo caso el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en lo que sea parte5. Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.6. Preséntese por la Administración Concursal en el plazo de 15 días el plan de liquidación previsto en el art. 148 LC, debiendo contener una enumeración de todos los activos reflejados en el inventario con su valoración liquidatoria y las formas concretas propuestas en cada caso para su realizaciónNotifíquese a las partes personadas y publíquese por medio de edicto en el Registro Publico Concursal y en el tablón de anuncios de este Juzgado e inscríbase en el Registro MercantilEn tanto no se cree el Registro Público Concursal, publíquese el edicto en extracto en el BOE de forma gratuitaSi no fuera posible la publicidad y remisión de oficios/mandamientos vía telemática, informática y electrónica, entréguense al/a procurador/a del solicitante del concurso los mandamientos y los oficios acordados, autorizándola a realizar cuantas gestiones sean necesarias para una pronta tramitación de los mismos, quien deberá remitirlos de inmediato a los medios de publicidad correspondientes. En caso de incumplimiento o demora le pararan los perjuicios que procedan, incluida la responsabilidad disciplinaria prevista la legislación orgánica y procesal.Modo de Impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente y previo depósito de la suma de 25 euros que deberá ingresar en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado abierta en el Grupo Banesto consignando como código 02 y como concepto «pago recurso de apelación», sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 451 y 452 de la LEC. y Disposición adicional Decimoquinta de la LOPJ añadida por la LO 1/2009 de 3 de noviembre).Lo acuerda y firma S.Sª. Doy fe.Firma del Magistrado – Juez Firma del SecretarioAlicante, 16 de enero de 2014.- La Secretaria Judicial.
22-10-2013
A130056492
Finalización de la fase común
Apertura de la fase de convenio
Convocatoria de Junta de Acreedores
Apertura de la sección quinta
D.ª Cristina Cifo González, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Alicante, por el presente,Hago saber: Que en el proceso concursal número 381/13-C, seguido contra la mercantil Segilpas, S.L., con CIF B-030675231, y domicilio en Aspe (Alicante), Ctra. Alicante Km. 2.5, se dictó, de conformidad con los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, el presente edicto al objeto de: 1º) dar publicidad al auto de fecha 7/10/13 por el que se declara la terminación de la fase común del concurso y se acuerda la apertura de la fase de convenio y, 2º) dar publicidad al decreto de fecha 8/10/13 de convocatoria de junta de acreedores, cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente:Parte Dispositiva del Auto1º)- Se declara la terminación de la fase común del concurso y se acuerda la apertura de la fase de convenio del concurso de Segilpas, S.L., con C.I.F. nº B-030675231, con domicilio en Aspe (Alicante), Ctra. Alicante, Km. 2.5.2º)- Procédase a formar la Sección Quinta del concurso de Segilpas, S.L.3º)- Procédase a convocar junta de acreedores de Segilpas, S.L.Notifíquese al concursado, admon concursal y a las partes personadas e inscríbase en el Registro Mercantil, librándose al efecto el correspondiente mandamientoSi no fuera posible la publicidad y remisión de oficios vía telemática, informática y electrónica, entréguense al/a procurador/a del solicitante del concurso los mandamientos y los oficios acordados, autorizándola a realizar cuantas gestiones sean necesarias para una pronta tramitación de los mismos, quien deberá remitirlos de inmediato a los medios de publicidad correspondientes. En caso de incumplimiento o demora le pararan los perjuicios que procedan, incluida la responsabilidad disciplinaria prevista la legislación orgánica y procesalContra esta resolución cabe recurso cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial a interponer ante Juzgado en el plazo de veinte días y tendrá la consideración de apelación más próxima a los solos efectos de reproducir las cuestiones planteadas en los recursos de reposición o incidentes concursales durante la fase común a que se refiere el artículo 197.4Déjese diligencia de constancia de esta resolución en los incidentes concursales en los que se haya formulado protesta por partes que no estén personadas en el proceso concursal general a tales efectosPara la apelación será necesario previo depósito de la suma de 50 euros que deberá ingresar en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado abierta en el Grupo Banesto consignando como código 02 y como concepto «pago recurso de apelación», sin cuyos requisitos no se admitirá el recursoAsi por este Auto, lo pronuncia, manda y firma el Itmo/a. Sr.. D. Rafael Fuentes Devesa, Magistrado-Juez de este Juzgado. Doy fe.Parte Dispositiva del Decreto.Acuerdo:1) Se convoca Junta de Acreedores del concurso Segilpas, S.L., que se celebrará el próximo 24 de enero de 2014, a las 10.30 horas, en la Sala de Audiencias de este Juzgado.2) Los acreedores podrán adherirse a la propuesta de convenio en los términos del art 103 hasta el cierre del lista de asistentes. En caso de verificarse la Adhesion mediante Comparecencia ante el Secretario de ese Juzgado deberá verificarse en miércoles de la semana, debiéndose aportar, en su caso, poderes en los cuales se acredite la facultad especial de poder adherirse al convenio, o, en su caso, votar en contra.Notifíquese a las partes personadas y publíquese por medio de edicto en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios de este Juzgado.En tanto no se cree el Registro Público Concursal, publíquese el edicto en extracto en el BOE de forma gratuita.Alicante, 8 de octubre de 2013.- La Secretaria Judicial.
10-08-2013
A130045978
Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
El Juzgado Mercantil número 1 de Alicante anuncia:1.-De conformidad con el artículo 75 de la Ley Concursal, y conforme al art 23, 95 y 96 LC, se dicta el presente edicto al objeto de dar publicidad a la presentacion del informe por el Administrador Concursal, proveido por resolucion de fecha 29/07/2013, dictado en el concurso seguido en este Juzgado con el n.º 381/2013 y de la concursada Segilpas, S.L., con CIF B-030675231, y domicilio en Aspe (Alicante), carretera Alicante, km. 2.5.Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaria del Juzgado, asi como obtener copias, a su costa.2.-Haciéndoseles saber que frente al inventario y lista de acreedores los interesados podrán formular impugnaciones en forma de demanda ( art 192 LC y 399 LEC) presentada en Decanato, con identificación del proceso concursal al que se refieren y en el plazo de diez días, que empezará a contar respecto de las partes personadas desde la notificación de esta resolución y para los demás interesados desde la última publicación general del edictoPara hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador.Alicante, 29 de julio de 2013.- La Secretaria Judicial.
04-06-2013
A130032276
Auto de declaración de concurso
EdictoDoña Cristina Cifo González, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, hago saber:Primero. Que por Auto de fecha 10 de mayo de 2013 en el procedimiento con número de autos 381/13-C y NIG 03014-66-2-2013-0000871 se ha declarado en concurso Voluntrario abreviado al deudor Segilpas, S.L., con CIF B-030675231, con domicilio en Aspe (Alicante) Carretera Alicante Km. 2.5.Segundo. Que el deudor conserva sus facultades de administración y disposición pero sometidas a la intervención de la administración concursal.Tercero. Que ha sido nombrado administrador concursal don Francisco José Pérez Blasco, en calidad de economista con domicilio postal en calle Camarada César Elguezábal número 32-1.º B, Alicante, teléfono 966613020 y dirección de correo electrónico [email protected]. para que los acreedores, efectúen a su elección la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal.Cuarto. Que los acreedores del concursado deberán poner en conocimiento de la administración concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado.Alicante, 24 de mayo de 2013.- La Secretaria Judicial.