Concurso de acreedores terminado Bocabajo A&D Comunicacion SL
El 03-06-2013, Bocabajo A&D Comunicacion SL, en VILLAMANRIQUE DE LA CONDESA (Sevilla) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de SEVILLA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B91219196. La principal actividad de la empresa Bocabajo A&D Comunicacion SL es publicidad y estudios de mercado. El concurso ha concluido.
Información General de Bocabajo A&D Comunicacion SL
Nombre de la mercantil: Bocabajo A&D Comunicacion SL
Localidad: VILLAMANRIQUE DE LA CONDESA
Provincia: Sevilla
Dirección: LAS SANTAS MARIA DEL MAR 641850 VILLAMANRIQUE DE LA CONDESA
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B91219196
Número De Insolvencia: B91219196
Juzgado: Juzgado de SEVILLA
Actividad Principal de Bocabajo A&D Comunicacion SL
La actividad de la empresa Bocabajo A&D Comunicacion SL es Consultoría, investigación y prestación de servicios técnicos
Publicaciones:
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
10-10-2013
A130054876
Cese de los Administradores
Alzamiento de las limitaciones de administración
Conclusión del concurso
El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 176 de la Ley Concursal (LC), anuncia:Que en el procedimiento número 726/13, incidente concursal 1048/2013, referente al deudor Bocabajo A & D Comunicación, S.L., por auto de fecha 30/09/13 se ha declarado lo siguiente:»1.- Declarar la conclusión del concurso de Bocabajo A & D Comunicación, S.L.2.- Archivar las actuaciones.3.- Declarar la cancelación de todas las anotaciones o inscripciones efectuadas en virtud de la declaración del concurso.4.- Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación.5.- El deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes, de modo que los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Para tales ejecuciones, la inclusión de su crédito en la lista definitiva de acreedores se equipara a una sentencia de condena firme6.- La extinción de la entidad Bocabajo A & D Comunicación, S.L., debiendo cancelarse su inscripción en los registros públicos que corresponda, sin perjuicio del mantenimiento de su personalidad jurídica a los efectos del punto anterior así como para reclamar el activo sobrevenido que pudiera aparecer.7.- Dar la publicidad por medio de edictos que se insertarán con la mayor urgencia en el Boletín Oficial del Estado, en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios del juzgado.8.- Dar la publicidad registral necesaria para cuyo efecto remítanse los respectivos mandamientos a los registros correspondientes para la anotación de la presente resolución.9.- Aprobar la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal.» Sevilla, 30 de septiembre de 2013.- La Secretaria Judicial.
26-06-2013
A130037049
Auto de declaración de concurso voluntario
EL Juzgado de lo Mercantil n.º 2, de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:1º.- Que en el procedimiento número 726/2013, con NIG 4109142M20130001669 por auto de 3/06/13 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Bocabajo A&D Comunicacion, S.L., con CIF B-91219196, con domicilio en C/ Santa María del Mar, n.º 6, Villamanrique de la Condesa, Sevilla.2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.3º- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la L.C.A. estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido don Diego Civeira De La Cruz, con domicilio postal: Pasaje de Vila, n.º 5, Sevilla y dirección electrónica [email protected] plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Sevilla, 14 de junio de 2013.- La Secretaria Judicial.