Concurso de acreedores terminado Ceramica Evana SL
El 10-09-2013, Ceramica Evana SL, en VILLARREAL (Castellón) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de CASTELLÓN DE LA PLANA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B12273728. La principal actividad de la empresa Ceramica Evana SL es fabricación de otros productos minerales no metálicos. El concurso ha concluido.
Información General de Ceramica Evana SL
Nombre de la mercantil: Ceramica Evana SL
Localidad: VILLARREAL
Provincia: Castellón
Dirección: CV 20 ONDA (KM 6) 012540 VILLARREAL
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B12273728
Número De Insolvencia: B12273728
Juzgado: Juzgado de CASTELLÓN DE LA PLANA
Actividad Principal de Ceramica Evana SL
La actividad de la empresa Ceramica Evana SL es Industria
Publicaciones:
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
14-10-2020
A200046899
Conclusión del concurso
EdictoDoña María de las Mercedes Checa Moya, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número Uno de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 23 de la Ley Concursal,Hago Saber:Primero: Que por Auto de fecha 21 de mayo de 2020, dictado en el procedimiento de Concurso abreviado (CNA) número 000388/2013, N.I.G. número 12040-66-2-2013-0000445, seguido en este Juzgado, se ha decretado la conclusión del Concurso Voluntario y Abreviado que se ha seguido frente al deudor «Ceramica Evana, S.L.», domiciliado en Carretera Onda Kilómetro 6, Villarreal y C.I.F./D.N.I. número B12273728.Segundo: Mediante la resolución antedicha se ha acordado además de la conclusión del concurso las siguientes medidas insertas en su parte dispositiva que a continuación se inserta:Parte Dispositiva:»1.-Acordar la Conclusión del concurso de «Cerámica Evana, S.L.» seguido bajo el número Concurso Abreviado [CNA], número 000388/2013-II., y el archivo de las presentes actuaciones con todos los efectos que son legal y necesaria consecuencia de ello.2.-Declarar Aprobadas las Cuentas rendidas por la administración concursal así como el cese en su cargo del Administrador Concursal.3.-En particular, Acordar la Extinción de la entidad «Cerámica Evana, S.L.»., disponiendo la cancelación de su inscripción en los registros públicos correspondientes.4.-EI presente Auto se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de la Ley Concursal y se dará al mismo la publicidad prevista en el segundo párrafo de dicho precepto y en el artículo 24 de la propia Ley Concursal (artículo 177. 3 de la Ley Concursal).5.-A efectos de la cancelación de la inscripción, expídanse oportunos mandamientos conteniendo testimonio de la resolución firme (artículo 178.3 de la Ley Concursal ) a los registros públicos que correspondan.6.-Llévese el original al libro de autos y déjese testimonio en las actuaciones sección primera del concurso.7. -Notifíquese el presente auto a la administración concursal, a la concursada, y a cuantos acreedores se hayan personado en el concursoEste Auto es firme y contra el mismo no cabe recurso alguno (artículos 208.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y 177. 1 de la Ley Concursal).Magistrado Letrado de la Administración de Justicia.»Castellón, 25 de mayo de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, María de las Mercedes Checa Moya.
12-10-2013
A130055690
Auto de declaración de concurso voluntario
Cese de los Administradores
Doña Nieves Pérez Ibáñez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal,Hago saber:Primero: Que por auto de fecha 10/09/2013, dictado en el procedimiento de concurso abreviado, n.º 000388/2013, N.I.G n.º 12040-66-2-2013-0000445, seguido en este Juzgado, se ha declarado en concurso voluntario y abreviado al deudor «Cerámica Evana, S.L.», domiciliado en carretera de Onda, Km. 6, Villarreal, y Cif: B-12273728.Segundo: Que se ha determinado el régimen de intervención de las facultades de administración y disposición de su patrimonio por el concursado.Tercero: Que se ha designado como administrador/es concursal/es a Olarte Madero y Asociados, S.L.P., con domicilio en Gran Vía Marques del Turia, 54, 1.º, 1.ª 46005 Valencia y dirección electrónica [email protected], a través de los cuales podrán los acreedores, a su elección, efectuar la comunicación de sus créditos, de conformidad con el artículo 85 LC.Cuarto: Que el plazo de comunicar los créditos a la administración concursal será de un mes a contar desde el siguiente a la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado.Quinto: La comparecencia en el procedimiento, mediante escrito al efecto dirigido a este juzgado, deberá realizarse mediante representación por procurador/a y asistencia de letrado/a, sin perjuicio de lo previsto para la representación y defensa de los trabajadores y de las administraciones públicasCastell’n, 25 de septiembre de 2013.- El/La Secretario/a Judicial.