Concurso de acreedores terminado Eduardo Hernandez Y Dolores Castilla S.L.
El 10-04-2014, Eduardo Hernandez Y Dolores Castilla S.L., en LOS SANTOS DE MAIMONA (Badajoz) se ha iniciado en concurso de acreedores por el tribunal de BADAJOZ. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B06355192. La principal actividad de la empresa Eduardo Hernandez Y Dolores Castilla S.L. es construcción de edificios. El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
Información General de Eduardo Hernandez Y Dolores Castilla S.L.
Nombre de la mercantil: Eduardo Hernandez Y Dolores Castilla S.L.
Localidad: LOS SANTOS DE MAIMONA
Provincia: Badajoz
Dirección: SAN JOSE 806230 LOS SANTOS DE MAIMONA
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B06355192
Número De Insolvencia: B06355192
Juzgado: Juzgado de BADAJOZ
Actividad Principal de Eduardo Hernandez Y Dolores Castilla S.L.
La actividad de la empresa Eduardo Hernandez Y Dolores Castilla S.L. es Construcción
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Publicaciones Concurso de acreedores terminado Eduardo Hernandez Y Dolores Castilla S.L.:
Concursos de acreedores y suspensiones de pagos
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
24-04-2014
A140017856
Auto de declaración de concurso
Conclusión por insuficiencia de masa activa
Doña Lucía Peces Gómez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Badajoz, anuncia:Que en la Sección I Declaración Concurso 229/2011 seguido en este órgano judicial, a instancia de la Procuradora Sra. María Esther Martín Castizo, en nombre de Eduardo Hernández y Dolores Castilla, SL, con CIF B06355192, se ha dictado Auto 135/2014, de fecha 10/abril/2014, cuyo fallo es del contenido literal siguiente:1.- Declarar la conclusión del concurso, por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa.2.- Archivar definitivamente las actuaciones, una vez firme la presente resolución. Librar testimonio de la presente, llevando el original al libro de resoluciones que corresponda.3.- Dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expídanse los correspondiente mandamientos, firme la resolución, adjuntándose a los mismos testimonio de la presente resolución.4.- La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el artículo 24, librándose edictos que se fijarán en el tablón de anuncios y se publicará en el BOE cuya publicidad se acuerda gratuita.5.- Declarar aprobadas las cuentas presentadas por la administración concursal integrada por D. Pedro Díaz Aunión.Badajoz, 10 de abril de 2014.- La Secretaria Judicial.
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