Concurso de acreedores Promosober SL (En Liquidacion)

Concurso de acreedores Promosober SL (En Liquidacion)

El 18-02-2014, Promosober SL (En Liquidacion), en JAVEA/XABIA (Alicante) se ha iniciado en concurso voluntario por el tribunal de ALICANTE. Como síndico se ha designado CALVE MORTES MARIA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B53684437. La principal actividad de la empresa Promosober SL (En Liquidacion) es construcción de edificios. Se ha declarado el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados.

Información General de Promosober SL (En Liquidacion)

Nombre de la mercantil: Promosober SL (En Liquidacion)
Localidad: JAVEA/XABIA
Provincia: Alicante
Dirección: ANGEL DOMENECH 1003730 JAVEA/XABIA
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B53684437
Número De Insolvencia: B53684437
Juzgado: Juzgado de ALICANTE

Actividad Principal de Promosober SL (En Liquidacion)

La actividad de la empresa Promosober SL (En Liquidacion) es Construcción

¿Necesitas Un Abogado Experto en Concurso De Acreedores?

Abogado especialista en Derecho Concursal en JAVEA/XABIA

Publicaciones Concurso de acreedores Promosober SL (En Liquidacion):

Concursos de acreedores y suspensiones de pagos

Publicaciones

Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

23-07-2014
A140036939

 

Cese de los Administradores

Finalización de la fase común

Apertura de la fase de liquidación

Declaración de vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados

 
Edicto.Doña Cristina Cifo González, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante, anuncia:Que en el proceso concursal n.º 8/2014 seguido contra la mercantil PROMOSOBER, S.L., con CIF B-53684437 y domicilio social en Javea (Alicante), Avda. Ángel Domenech, n.º 10, se dictó, de conformidad con el art. 21 y 23 LC, el presente edicto al objeto de dar publicidad al Auto de apertura de fase de liquidación de fecha 8 de julio de 2014, cuya parte dispositiva es la siguiente:Parte dispositiva:1.- Se acuerda poner fin a la fase común.2.- Se decreta la apertura de la fase de liquidación3.- Se acuerde la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal.4.- Se declara la disolución de la mercantil concursada PROMOSOBER, S.L., con CIF B-53684437 y domicilio en Javea (Alicante), Avda. Ángel Domenech, n.º 10. Inscrita en el Registo Mercantil de Alicante, al Tomo 2572, Folio 152, Hoja n.º A-72208, inscripción 1.ª, así como en todo caso el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en lo que sea parte5.- Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones.6.- Preséntese por la Administración Concursal en el plazo de 10 días el plan de liquidación previsto en el art. 148 LC, debiendo contener una enumeración de todos los activos reflejados en el inventario con su valoración liquidatoria y las formas concretas propuestas en cada caso para su realizaciónNotifíquese a las partes personadas y publíquese por medio de edicto en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios de este Juzgado e inscríbase en el Registro MercantilEn tanto no se cree el Registro Público Concursal, publíquese el edicto en extracto en el BOE de forma gratuitaSi no fuera posible la publicidad y remisión de oficios/mandamientos vía telemática, informática y electrónica, entréguense al/a procurador/a del solicitante del concurso los mandamientos y los oficios acordados, autorizándola a realizar cuantas gestiones sean necesarias para una pronta tramitación de los mismos, quien deberá remitirlos de inmediato a los medios de publicidad correspondientes. En caso de incumplimiento o demora le pararan los perjuicios que procedan, incluida la responsabilidad disciplinaria prevista la legislación orgánica y procesalModo de impugnación: Mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial a interponer ante este Juzgado en el plazo de veinte días, previo depósito de la suma de 50 euros que deberá ingresar en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado abierta en el Grupo Banesto consignando como código 02 y como concepto «pago recurso de apelación», sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 451 y 452 de la LEC. y Disposición adicional Decimoquinta de la LOPJ añadida por la LO 1/2009 de 3 de noviembre).Se considera la apelación más próxima a los efectos de reproducir las cuestiones planteadas en los recursos de reposición o incidentes concursales durante la fase común a que se refiere el artículo 197.4.A los efectos dichos déjese nota de esta resolución a los incidentes concursales en los que se haya formulado protesta por parte que no esté personada en el proceso concursal general.Lo acuerda y firma S.S.ª Doy fe.Firma del Magistrado-Juez. Firma del Secretario.Alicante, 8 de julio de 2014.- La Secretario Judicial.

07-05-2014
A140019211

 

Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos

 
El Juzgado Mercantil número 1 de Alicante, anuncia:1.- De conformidad con el artículo 75 de la Ley Concursal, y conforme a los arts. 23, 95 y 96 LC, se dicta el presente edicto al objeto de dar publicidad a la presentación del informe por el administrador concursal, proveído por resolución de fecha 17 de abril de 2014, dictado en el concurso seguido en este Juzgado con el 8/2014 y de la concursada PROMOSOBER, S.L.Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.2.- Haciéndoseles saber que frente al inventario y lista de acreedores los interesados podrán formular impugnaciones en forma de demanda (arts. 192 LC y 399 LEC) presentada en Decanato, con identificación del proceso concursal al que se refieren y en el plazo de diez días, que empezará a contar respecto de las partes personadas desde la notificación de esta resolución y para los demás interesados desde la última publicación general del edicto.Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador.Alicante, 17 de abril de 2014.- La Secretario judicial.

06-03-2014
A140009198

 

Auto de declaración de concurso voluntario

 
EdictoD.ª Cristina Cifo González, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Alicante,en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, hago saber:Primero.- Que por Auto de fecha 18 de febrero de 2014 en el procedimiento, con número de autos 8/2014 y N.I.G.03014-66-2-2014-0000021, se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor Promosober, S.L., con CIF B-53684437 y domicilio en Javea (Alicante), Avda. Ángel Domenech n.º 10. Inscrita en el Registro Mercantil de Alicante, al Tomo 2572, Folio 152, Hoja n.º A-72208, inscripción 1ª.Segundo.-Que el deudor conserva sus facultades de administración y disposición pero sometidas a la intervención de la administración concursal.Tercero.-Que ha sido nombrado administrador concursal D.ª María Calve Mortes, con DNI 24373618N, en calidad de Abogado, con domicilio postal en calle Pérez Medina, n.º 38-40, 3.º B, teléfono 963518853, y dirección de correo electrónico [email protected], para que los acreedores, efectúen a su elección la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal.Cuarto.-Que los acreedores del concursado deberán poner en conocimiento de la administración concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación del presente en el «Boletín Oficial del Estado».Alicante, 25 de febrero de 2014.- La Secretario Judicial.

Última dirección de Promosober SL (En Liquidacion):

 

Deja un comentario