Concurso de acreedores Es Cos SL
El 02-04-2014, Es Cos SL, en PORRERES (Baleares) se ha iniciado en concurso voluntario por el tribunal de PALMA DE MALLORCA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B07245491. La principal actividad de la empresa Es Cos SL es actividades inmobiliarias. Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
Información General de Es Cos SL
Nombre de la mercantil: Es Cos SL
Localidad: PORRERES
Provincia: Baleares
Dirección: DEL SOL 3807260 PORRERES
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B07245491
Número De Insolvencia: B07245491
Juzgado: Juzgado de PALMA DE MALLORCA
Actividad Principal de Es Cos SL
La actividad de la empresa Es Cos SL es Alquiler y gestión de inmuebles
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Publicaciones Concurso de acreedores Es Cos SL:
Concursos de acreedores y suspensiones de pagos
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
17-05-2014
A140024665
Auto de declaración de concurso voluntario
Cese de los Administradores
Don Esteban Martínez Rovira, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2, de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber:1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado n.º 86/2014-B (NIG: 07040 47 1 2014 0000172) se ha dictado en fecha 2 de abril de 2014, Auto de declaración de concurso voluntario del deudor Es Cos, S.L., con C.I.F n.º A07245491, con domicilio en c/ Sol, n.º 38, de Porreres.2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición de a concursada.3.º Se ha nombrado Administrador Concursal al economista Sr. MIQUEL CANEVES VANRELL, nombrado Administrador Concursal, mayor de edad, con domicilio profesional en la calle Ses Parres, n.º 3, bajos, Manacor y dirección de correo electrónico [email protected], la dirección postal donde efectuar comunicación de créditos es la misma que el despacho para el ejercicio del cargo.4.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.Dicha comunicación deberá presentarse directamente a la Administración Concursal en el plazo de un mes a partir del siguiente a la fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos. La comunicación podrá presentarse o remitirse al domicilio designado al efecto por la Administración Concursal. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.La comunicación expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales.También se señalará por el acreedor un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración Concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicados. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito. Salvo que los títulos o documentos figuren inscritos en un registro público, la Administración Concursal podrá solicitar los originales o copias autorizadas de los títulos o documentos aportados, así como cualquier otra justificación que considere necesaria para el reconocimiento del crédito.5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal).Palma de Mallorca, 13 de mayo de 2014.- El Secretario Judicial.
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