Concurso de acreedores terminado Ceima Ingenieria SL
El 21-03-2014, Ceima Ingenieria SL, en PERILLO (La Coruña) se ha iniciado en concurso de acreedores por el tribunal de LA CORUÑA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B15623994. La principal actividad de la empresa Ceima Ingenieria SL es otras actividades profesionales, científicas y técnicas. El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
Información General de Ceima Ingenieria SL
Nombre de la mercantil: Ceima Ingenieria SL
Localidad: PERILLO
Provincia: La Coruña
Dirección: NELSON MANDELA, 8 – ENTREPL 015172 PERILLO
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B15623994
Número De Insolvencia: B15623994
Juzgado: Juzgado de LA CORUÑA
Actividad Principal de Ceima Ingenieria SL
La actividad de la empresa Ceima Ingenieria SL es Consultoría, investigación y prestación de servicios técnicos
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Publicaciones Concurso de acreedores terminado Ceima Ingenieria SL:
Concursos de acreedores y suspensiones de pagos
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
10-06-2020
A200020834
Alzamiento de las limitaciones de administración
Conclusión por insuficiencia de masa activa
Edicto.Don Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil, n.º 1, de A Coruña, por el presente,Hago saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado con el núm. Concurso 122/2014 DA NIG 15030 47 1 2014 0000245, siendo el deudor CEIMA INGENIERÍA, S.L., con CIF B15623994, y con NIG 15030 47 1 2014 0000245, domiciliada en calle Nelson Mandela, n.º 8, entreplanta, n.º 8, Perillo Oleiros, A Coruña, se ha dictado en fecha 12 de noviembre de 2019, el Auto de Conclusión, en el que se acordó:»1.- Se declara conclusa la reapertura del procedimiento concursal número 122/2014 referente al deudor CEIMA INGENIERÍA, S.L., por insuficiencia de la masa activa para el pago de los créditos contra la masa y se acuerda el archivo de las actuaciones.La administración concursal presentará, en su caso, un informe justificativo del destino dado a los importes que figuran al hecho Quinto.2.- Se acuerda el cese de las limitaciones de administración y disposición del deudor que estuvieren subsistentes.3.- Se acuerda la extinción de la persona jurídica deudora, procediendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro de A Coruña a cuyo efecto se expedirá mandamientos al citado Registro.4.- Anúnciese la resolución en el Boletín Oficial del Estado.La publicación en el Boletín Oficial del Estado tendrá carácter gratuito por insuficiencia de bienes y derechos del concursado.5.- Si aparecieren nuevos bienes o derechos del deudor, se procederá conforme a lo dispuesto en el artículo 179 y siguientes de la LC.6.- Comuníquese la conclusión de la reapertura del concurso a los órganos judiciales administrativos a los que se ordenó la suspensión de los procedimientos de ejecución contra el patrimonio del deudor, a fin de que procedan, en su caso, a su archivo definitivo.7.- Se declaran aprobadas las cuentas presentadas por la Administración Concursal.8.- Remítase al Ministerio Fiscal testimonio de esta resolución y de los antecedentes necesarios.Contra este auto no cabe recurso alguno (artículo 177.1 LC).Lo acuerda y firma S.Sª. Doy fe».A Coruña, 29 de abril de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, Fernando Santiso Vázquez.
19-04-2014
A140018335
Auto de declaración de concurso
Edicto.Don Domingo Villafáñez García, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de A Coruña, por el presente,Hago saber:1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 122/2014-B y NIG n.º 1503047120140000245, se ha dictado en fecha 21 de marzo de 2014 Auto de Declaración de Concurso del deudor CEIMA INGENIERÍA, S.L.U., con NIF B-15623994, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Nelson Mandela, n.º 8, entreplanta, Perillo-Oleiros.2º.- Se ha acordado las facultades de administración y disposición de su patrimonio la conserva la entidad concursada, quedando sometida el ejercicio de esas facultades a la intervención de la administración concursal, mediante su autorización o conformidad. Se ha designado, como administración concursal a don Miguel Pardo Gago, con domicilio postal en calle Fernando Macías, n.º 4, 1.º, A Coruña, y dirección electrónica [email protected], señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.4º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal.A Coruña, 3 de abril de 2014.- El Secretario Judicial.
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