Concurso de acreedores terminado Promocion Y Construccion Novo Lar SL
El 14-05-2014, Promocion Y Construccion Novo Lar SL, en MARIN (Pontevedra) se ha iniciado en concurso voluntario por el tribunal de PONTEVEDRA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B36111862. La principal actividad de la empresa Promocion Y Construccion Novo Lar SL es construcción de edificios. El concurso ha concluido.
Información General de Promocion Y Construccion Novo Lar SL
Nombre de la mercantil: Promocion Y Construccion Novo Lar SL
Localidad: MARIN
Provincia: Pontevedra
Dirección: JAIME JANER 436900 MARIN
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B36111862
Número De Insolvencia: B36111862
Juzgado: Juzgado de PONTEVEDRA
Actividad Principal de Promocion Y Construccion Novo Lar SL
La actividad de la empresa Promocion Y Construccion Novo Lar SL es
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Publicaciones Concurso de acreedores terminado Promocion Y Construccion Novo Lar SL:
Concursos de acreedores y suspensiones de pagos
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
28-01-2020
A200003903
Cese de los Administradores
Alzamiento de las limitaciones de administración
Conclusión del concurso
EdictoDon José Luis Gutierrez Martín, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Pontevedra,Hace saber:Que en este Juzgado y con el número 146/14-C-, se siguen autos de concurso voluntario de Promoción y Construcción Novo-Lar, Sociedad Limitada, en los que, por Auto de 20 de enero de 2020, ya firme, se ha decretado la Conclusión del concurso al amparo del artículo 152; resolución cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:1.- Se decreta la conclusión, por finalización de la fase de liquidación, del presente concurso de acreedores de Promoción y Construcción Novo-Lar, Sociedad Limitada, con Código de Identificación Fiscal B-36.111.862, con domicilio social en calle Méndez Núñez número 51, edificio «Nova Galiza», 1ª planta alta, Oficina 1 de Marín; inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra en de la Hoja PO-10.867, al folio 193 del Tomo y Libro 789 de Sociedades, con los efectos legales inherentes.2.- Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.3.- Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la Administración concursal y el cese de los Administradores concursales.4.- Se acuerda la extinción de la sociedad Promoción y Construcción Novo-Lar, Sociedad Limitada, y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil y los demás registros correspondientes, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.5.- Notifíquese esta resolución a todas las partes personadas y a la administración concursal. Publíquese en el BOE y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado.6.- Únase testimonio al expediente y llévese el original al legajo correspondiente.Modo de Impugnación Contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art 177 de la LC)Asi lo manda y firma S.S. Doy fe.Y para que conste,Pontevedra, 20 de enero de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, José Luis Gutierrez Martín.
02-07-2014
A140034278
Auto de declaración de concurso voluntario
Cese de los Administradores
EdictoD. Jose Luis Gutiérrez Martín, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pontevedra, por el presente, hago saber:1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 146/14 y NIG n.º 36038 47 1 2014/0000034 se ha dictado en fecha 14/05/14 Auto de Declaración de Concurso voluntario del deudor Promoción y Construcción Novo-Lar, S.L., CON CIF n.º B-36.111.862, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Méndez Núñez, n.º 51, edificio «Nova Galiza», 1.º planta, alta, oficina 1, de Marín; inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra en la hoja PO-10.967, al folio 193 del Tomo y Libro 789 de Sociedades.2.º Se ha acorado la suspensión de las facultades de administración y disposición que ejercerá la Administración concursal. Se ha designado, como administrador concursal a D. Antonio Blanco Gregores, con domicilio postal en Avda. de Lugo, n.º 4-A Bajo, 15702 Santiago de Compostela y dirección electrónica señalada [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.4.º Indicar que las personas legitimadas, conforme a la Ley Concursal, para personarse en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado, a salvo lo que dispone la ley de Procedimiento Laboral para la representación y defensa de los trabajadores.Pontevedra, 26 de mayo de 2014.- El Secretario judicial.
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