Concurso de acreedores terminado Frutas Ali SL

Concurso de acreedores terminado Frutas Ali SL

El 17-07-2014, Frutas Ali SL, en ALHAMA DE MURCIA (Murcia) se ha iniciado en concurso voluntario por el tribunal de MURCIA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B30466122. La principal actividad de la empresa Frutas Ali SL es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas. El concurso ha concluido.

Información General de Frutas Ali SL

Nombre de la mercantil: Frutas Ali SL
Localidad: ALHAMA DE MURCIA
Provincia: Murcia
Dirección: SIERRA ESPUÑA 130840 ALHAMA DE MURCIA
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B30466122
Número De Insolvencia: B30466122
Juzgado: Juzgado de MURCIA

Actividad Principal de Frutas Ali SL

La actividad de la empresa Frutas Ali SL es Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor

¿Necesitas Un Abogado Experto en Concurso De Acreedores?

Abogado especialista en Derecho Concursal en ALHAMA DE MURCIA

Publicaciones Concurso de acreedores terminado Frutas Ali SL:

Concursos de acreedores y suspensiones de pagos

Publicaciones

Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

17-06-2019
A190035411

 

Cese de los Administradores

Alzamiento de las limitaciones de administración

Conclusión del concurso

 
Dª Ana Isabel González Peinado, Letrada de la Administración de Justicia de jdo. de lo mercantil n. 2 de Murcia, por el presente,Hago saber:1º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº CNO 279/2014 con N.I.G.: 30030 47 1 2014 0000528 se ha dictado en fecha 7 de junio de 2019 auto de conclusión de concurso voluntario del deudor Frutas Ali SL con cif B30466122 acordando la conclusión y archivo de las actuaciones.2º Se acuerda la extinción de la persona jurídica, así como la cancelación de su inscripción en los oportunos Registros Públicos.3º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición, quedando el deudor responsable del pago de los créditos restantes4º Los acreedores podrán iniciar o continuar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso.5º Se declara aprobada la rendición de cuentas del Administrador Concursal -artículo 181.3- y el cese de su actuación.Murcia, 12 de junio de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Ana Isabel González Peinado.

04-08-2014
A140039136

 

Auto de declaración de concurso voluntario

Cese de los Administradores

 
Edicto.Doña Ángela Quesada Martos, Secretario/a Judicial de Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia,Por el presente, hago saber:1.º- Que en sección I declaración concurso 0000279 /2014 seguido en este órgano judicial se ha dictado en fecha 17 de julio de 2014 auto de declaración de concurso voluntario de «Frutas Ali, S.L.», con CIF n.º B30466122, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Ctra. Nacional 340, km. 624,8, CP 30840 Alhama de Murcia (Murcia).2.º- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición del deudor.3.º- El llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, será de un mes desde la publicación del presente.La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.4.º- La identidad de la administración concursal es la siguiente: Francisco José Fuentes Campuzano, Economista.La dirección postal de la administración concursal es la siguiente: Avda. Juan Carlos I, n.º 88, Bloque 3, 1.º-D, Murcia, teléfono 618.680.875, fax 968.880.032.La dirección electrónica de la administración concursal es la siguiente: «[email protected]».5.º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC).6.º- Se hace saber que en lo sucesivo las resoluciones que recaigan en la presente causa, cuya publicación venga prevista en la ley, serán publicadas únicamente en la página web de los Juzgados «oficinajudicialmurcia.es».Murcia, 21 de julio de 2014.- La Secretario/a Judicial.

Última dirección de Frutas Ali SL:

 

Deja un comentario