Concurso de acreedores terminado Urbanizaciones Servicios Y Promociones Rivendell SL

Concurso de acreedores terminado Urbanizaciones Servicios Y Promociones Rivendell SL

El 16-06-2014, Urbanizaciones Servicios Y Promociones Rivendell SL, en SANTA CRUZ (Murcia) se ha iniciado en concurso voluntario por el tribunal de MURCIA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B73421745. La principal actividad de la empresa Urbanizaciones Servicios Y Promociones Rivendell SL es construcción de edificios. El concurso ha concluido.

Información General de Urbanizaciones Servicios Y Promociones Rivendell SL

Nombre de la mercantil: Urbanizaciones Servicios Y Promociones Rivendell SL
Localidad: SANTA CRUZ
Provincia: Murcia
Dirección: VEREDA LUCAS 2530162 SANTA CRUZ
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B73421745
Número De Insolvencia: B73421745
Juzgado: Juzgado de MURCIA

Actividad Principal de Urbanizaciones Servicios Y Promociones Rivendell SL

La actividad de la empresa Urbanizaciones Servicios Y Promociones Rivendell SL es

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Publicaciones Concurso de acreedores terminado Urbanizaciones Servicios Y Promociones Rivendell SL:

Concursos de acreedores y suspensiones de pagos

Publicaciones

Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

16-12-2020
A200063078

 

Cese de los Administradores

Alzamiento de las limitaciones de administración

Apertura de la sección quinta

Conclusión del concurso

 
Edicto.Doña Ana Isabel González Peinado, Letrado de la Administración de Justicia, del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia, anuncia:Que en la Sección Quinta de Liquidación del procedimiento de concurso 0000007/2014, referente a la concursada Urbanizaciones, Servicios y Promociones Rivendell, S.L., con C.I.F. B-73421745, representada por el Procurador don Manuel Sevilla Flores, por auto de fecha 10 de diciembre de 2020, se ha acordado lo siguiente:1. Debo declarar y declaro finalizada la fase de liquidación y la conclusión y archivo del concurso de acreedores de Urbanizaciones, Servicios y Promociones Rivendell, S.L.2. Archivar definitivamente las actuaciones.3. Librar testimonio de la presente, llevando el original al libro de resoluciones que corresponda.4. Se acuerda la extinción de la persona jurídica así la cancelación de su inscripción en los oportunos Registros Públicos, a cuyo efecto expídase mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.5. Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición.6. Se declara aprobada la rendición de cuentas del Administrador Concursal -artículo 479.2- y el cese de su actuación.7. Anotar en los Registros correspondientes la conclusión del concurso, librándose los oportunos mandamientos.8. Notifíquese la presente a las mismas personas a las que se hubiera notificado el auto de declaración de concurso, publíquese en el Registro público concursal y, por medio de edicto, en el Boletín Oficial del EstadoContra la presente resolución no cabe recurso alguno, de conformidad con el artículo 481 Texto Refundido Ley Concursal.Lo acuerda y firma Francisco Cano Marco, Magistrado Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Murcia, doy fe.»Murcia, 10 de diciembre de 2020.- La Letrado de la Administración de Justicia, Ana Isabel González Peinado.

15-07-2014
A140033892

 

Auto de declaración de concurso voluntario

Cese de los Administradores

 
EdictoDoña Ángela Quesada Martos, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Murcia, por el presente, hago saber:1.º Que en sección I, declaración concurso 0000007/2014, seguido en este órgano judicial se ha dictado en fecha 16 de junio de 2014 auto de declaración de concurso voluntario de Urbanizaciones Servicios y Promociones Rivendell, S.L., con CIF n.º B73421745, cuyo domicilio social lo tiene en Vereda de los Lucas, n.º 25, CP 30162 Santa Cruz (Murcia).2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición del deudor.3.º El llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, será de un mes desde la publicación del presente.La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el Juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.4.º La identidad de la administración concursal es la siguiente: Joaquín Martínez Jiménez, Abogado, teléfono 968.292.760 y fax 968.296.016.La dirección postal de la administración concursal es la siguiente: Calle Santa Teresa, n.º 8, 2.º B, CP 30005 Murcia.La dirección electrónica de la administración concursal es la siguiente: [email protected].º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC).6.º Se hace saber que en lo sucesivo las resoluciones cuya publicación venga prevista en la ley, serán publicadas únicamente en la página web de los juzgados «www.oficinajudicialmurcia.es».Murcia, 20 de junio de 2014.- La Secretaria Judicial.

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