Concurso de acreedores Circulo Recreativo Sociedad Bermeana
El 10-06-2014, Circulo Recreativo Sociedad Bermeana, en BERMEO (Vizcaya) se ha iniciado en concurso voluntario por el tribunal de BILBAO. Como síndico se ha designado ACHA PAJARES, ROBERTO ENRIQUE. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el G48014047. La principal actividad de la empresa Circulo Recreativo Sociedad Bermeana es servicios de comidas y bebidas. Se ha abierto la sección 6.
Información General de Circulo Recreativo Sociedad Bermeana
Nombre de la mercantil: Circulo Recreativo Sociedad Bermeana
Localidad: BERMEO
Provincia: Vizcaya
Dirección: LAMERA 148370 BERMEO
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: G48014047
Número De Insolvencia: G48014047
Juzgado: Juzgado de BILBAO
Actividad Principal de Circulo Recreativo Sociedad Bermeana
La actividad de la empresa Circulo Recreativo Sociedad Bermeana es Servicios de alojamientos, comidas y bebidas
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Publicaciones Concurso de acreedores Circulo Recreativo Sociedad Bermeana:
Concursos de acreedores y suspensiones de pagos
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
16-06-2015
A150028727
Aprobación del convenio
Apertura de la sección seis
EdictoEl Juzgado de lo Mercantil número 1 de BilbaoAnunciaPrimero. Que en el procedimiento concursal número 529/2014, en el que figura como concursado Sociedad Bermeana, CIF: G48014047, se ha dictado el 29 de mayo de 2015, sentencia aprobando judicialmente el convenio propuesto por Sociedad Bermeana, y aceptado en la Junta de acreedores celebrada el día 5 de mayo de 2015.Segundo. La sentencia se fundamenta en que la propuesta ha sido aceptada por mayoría suficiente de acreedores ordinarios conforme a la Ley Concursal y en no apreciarse infracción de las normas que regulan los convenios y la adhesión a los mismos en la LC.El convenio está de manifiesto en la Oficina del Juzgado para quieres acrediten interés en su conocimiento.Tercero. Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia que debe interponerse mediante escrito presentado en este Juzgado de lo Mercantil en el plazo de veinte días computándose desde la última publicación de este edicto, que ha de publicarse en el BOE y Registro Público Concursal.La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.Conforme autoriza la disposición transitoria segunda del Real Decreto-ley 3/2009, en relación con el artículo 23 de la Ley Concursal, se ha acordado que esta publicación tendrá carácter gratuito por insuficiencia de bienes.Bilbao, 29 de mayo de 2015.- La Secretario Judicial.
23-06-2014
A140032748
Auto de declaración de concurso voluntario
EdictoEl Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),Anuncia:Primero.- Que en el procedimiento número 529/2014, NIG número 48.04.2-14/015979, por auto de 10/6/2014, se ha declarado en concurso voluntario al deudor Sociedad Bermeana con CIF número G48014047 con domicilio en Bermeo (Bizkaia), Lamera, número 1, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en la circunscripción de ésta jurisdicción.Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración concursal.Tercero.- Que la Administración concursal está integrada por D. Roberto Enrique Acha Pajares, DNI 14949513-L, con domicilio a efectos de notificaciones en Bilbao, calle Henao, 7, 6.º, departamento 1, teléfono 94.479.33.95, e-mail: [email protected] Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.Quinto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).Sexto.- Que las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal: www.publicidadconcursal.es.Infórmese en el extracto de la declaración de concurso que se publica en el BOE, que el resto de resoluciones que deban publicarse conforme a lo previsto en el artículo 23 LC y demás preceptos a que aquel se remiten, se publicarán en la sección 1.ª de Edictos concursales del Registro Público Concursal (artículo 23.1 LC y artículo 7RD 892/2013).Bilbao, 10 de junio de 2014.- La Secretaria judicial.
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