Concurso de acreedores Viviendas Villa De Carranque S.C.
El 18-05-2015, Viviendas Villa De Carranque S.C., en CARRANQUE (Toledo) se ha iniciado en concurso voluntario por el tribunal de TOLEDO. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el F45523230. La principal actividad de la empresa Viviendas Villa De Carranque S.C. es construcción de edificios. Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
Información General de Viviendas Villa De Carranque S.C.
Nombre de la mercantil: Viviendas Villa De Carranque S.C.
Localidad: CARRANQUE
Provincia: Toledo
Dirección: VILLA 145216 CARRANQUE
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: F45523230
Número De Insolvencia: F45523230
Juzgado: Juzgado de TOLEDO
Actividad Principal de Viviendas Villa De Carranque S.C.
La actividad de la empresa Viviendas Villa De Carranque S.C. es
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Publicaciones Concurso de acreedores Viviendas Villa De Carranque S.C.:
Concursos de acreedores y suspensiones de pagos
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
22-05-2015
A150023405
Auto de declaración de concurso voluntario
Cese de los Administradores
D.ª María Jesús Gracia Guerrero, Secretaria Judicial de Juzgado de Primera instancia e instrucción n.º 1 de Toledo y de lo Mercantil,Por el presente, hago saber:1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial el n.º SECCION I DECLARACION CONCURSO 153/2015 y NIG 45168 41 1 2015 0022429, se ha dictado en fecha 18-05-2015 Auto de Declaración de Concurso Voluntario de Sociedad Cooperativa de Viviendas Villa de Carranque, con NIF F45523230, cuyo centro de intereses principales lo tiene en plaza de la Villa, n.º 1, de Carranque (Toledo).2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que ejercerá la Administración Concursal. Se ha designado como administración concursal al ECONOMISTA D. RAFAEL LASO RETAMAL, con domicilio postal en calle Lagasca, n.º 95, de Madrid y dirección electrónica señalada [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.4.º Haciendo constar que las comunicaciones de créditos remitidas a este juzgado no serán validas.Toledo, 18 de mayo de 2015.- Secretario Judicial.
Última dirección de Viviendas Villa De Carranque S.C.: