Concurso de acreedores Restaurante El Faro De Antequera SL
El 09-12-2014, Restaurante El Faro De Antequera SL, en ANTEQUERA (Málaga) se ha iniciado en concurso voluntario por el tribunal de MÁLAGA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B93107027. La principal actividad de la empresa Restaurante El Faro De Antequera SL es servicios de comidas y bebidas.
Información General de Restaurante El Faro De Antequera SL
Nombre de la mercantil: Restaurante El Faro De Antequera SL
Localidad: ANTEQUERA
Provincia: Málaga
Dirección: AUTOVIA 92 CTRA JEREZ CARTAGENA KM 149 029200 ANTEQUERA
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B93107027
Número De Insolvencia: B93107027
Juzgado: Juzgado de MÁLAGA
Actividad Principal de Restaurante El Faro De Antequera SL
La actividad de la empresa Restaurante El Faro De Antequera SL es Servicios de alojamientos, comidas y bebidas
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Publicaciones Concurso de acreedores Restaurante El Faro De Antequera SL:
Concursos de acreedores y suspensiones de pagos
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
01-12-2017
A170086929
EdictoEl Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artÃculo 23 de la Ley Concursal, anuncia:Que en el procedimiento número 1738.01/2014 por auto de fecha 15/11/2017 se ha declarado la conclusión del concurso de Restaurante El Faro de Antequera, S.L., con CIF B93107027, por falta de bienes conforme al art. 176.bis 4 de la LC.Málaga, 28 de noviembre de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.
07-03-2015
A150006284
Auto de declaración de concurso voluntario
EdictoEl Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:1.º Que en el procedimiento número 1738/2014 por auto de fecha 9/12/14, se ha declarado en concurso voluntario al deudor RESTAURANTE EL FARO DE ANTEQUERA, S.L., y con CIF B- 93107027 domicilio en Málaga, calle Luis de Velásquez, n.º 5, ático centro de principales intereses.2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración concursal.3.º Que la Administración concursal la integra doña MARÍA BELÉN SALAS COMPAS, provisto de DNI 27337133T, español, mayor de edad, con vecindad civil común, estado civil soltera, domicilio y dirección postal calle Honduras, n.º 6, 1.º A, 29007 Málaga, teléfono 637581202, profesión: Economista, y con dirección de correo electrónico [email protected], que designa a los efectos de comunicación de créditos.4.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el Juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Se hace saber a los interesados que de conformidad a los artículos 184 y 185 de la LC deberán personarse en la sección primera y presentar su crédito en la sección cuarta, haciéndoles saber que deberán hacerlo en sendos escritos diferentes. De presentarse un solo escrito en el que conste el crédito se entenderá que sólo notifican o insinúan el mismo.6.º Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.Málaga, 16 de febrero de 2015.- El Secretario judicial.
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