Concurso de acreedores Roig Ribera SL
El 26-03-2015, Roig Ribera SL, en CORBERA DE LLOBREGAT (Barcelona) se ha iniciado en concurso de acreedores por el tribunal de BARCELONA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B63009229. La principal actividad de la empresa Roig Ribera SL es industria de la alimentación.
Información General de Roig Ribera SL
Nombre de la mercantil: Roig Ribera SL
Localidad: CORBERA DE LLOBREGAT
Provincia: Barcelona
Dirección: CATALUNYA 2408757 CORBERA DE LLOBREGAT
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B63009229
Número De Insolvencia: B63009229
Juzgado: Juzgado de BARCELONA
Actividad Principal de Roig Ribera SL
La actividad de la empresa Roig Ribera SL es Industria
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Publicaciones Concurso de acreedores Roig Ribera SL:
Concursos de acreedores y suspensiones de pagos
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
21-04-2015
A150015334
Auto de declaración de concurso
Doña María Aránzazu Alameda López, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona,Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 242/2015, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Roig Ribera, S.L., y ordenado darle publicidad con los siguientes datos:Número de Asunto.- Concurso voluntario 242/2015 Sección C4.NIG del Procedimiento.- 08019 – 47 – 1 – 2014 – 8007818.Entidad Concursada.- Roig Ribera, S.L., con CIF n.º B-63009229.Tipo de Concurso.- Voluntario.Fecha del Auto de Declaración.- 26/03/2015.Administradores Concursales.- Francisco Hidalgo Martínez, con dirección postal Av. Catalaunya, 48-50, 1.º, 08290 Cerdanyola del Vallés (Barcelona), teléfono 935946730 y correo electrónico [email protected] del Concursado.- Intervenidas.Forma de Personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.Llamamiento a los Acreedores y Comunicación de Créditos Conforme al Art. 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.Examen de los Autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaria judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.Barcelona, 2 de abril de 2015.- La Secretaria Judicial.
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