Concurso de acreedores Grasas Romero Y Compañia SL
El 24-06-2015, Grasas Romero Y Compañia SL, en TOTANA (Murcia) se ha iniciado en concurso voluntario por el tribunal de MURCIA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B30097075. La principal actividad de la empresa Grasas Romero Y Compañia SL es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas. Se ha aprobado el plan de convenio.
Información General de Grasas Romero Y Compañia SL
Nombre de la mercantil: Grasas Romero Y Compañia SL
Localidad: TOTANA
Provincia: Murcia
Dirección: PARADORES 730850 TOTANA
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B30097075
Número De Insolvencia: B30097075
Juzgado: Juzgado de MURCIA
Actividad Principal de Grasas Romero Y Compañia SL
La actividad de la empresa Grasas Romero Y Compañia SL es Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
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Publicaciones Concurso de acreedores Grasas Romero Y Compañia SL:
Concursos de acreedores y suspensiones de pagos
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
04-03-2017
A170004666
Aprobación del convenio
EdictoÃngela Quesada Martos, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Murcia, anuncia:1. Que en la Sección V Convenio 269/15, en el que figura como concursado Grasas Romero y CompañÃa, S.L., se ha dictado el dÃa 17-1-17, sentencia aprobando judicialmente el convenio propuesto por la concursada y aceptado en la Junta de acreedores celebrada el dÃa 26-10-16.2. El convenio está de manifiesto en la Oficina Judicial para quienes acrediten interés en su conocimiento.3. Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial que debe prepararse mediante escrito presentado en este órgano judicial en el plazo de veinte dÃas computándose desde la última fecha de publicación de este edicto, que ha de publicarse en el BOE y en la página web www.oficinajudicialmurcia.es, y un diario de los de mayor difusión de la provincia.4. La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.Dentro de los diez dÃas siguientes a la última publicación de este edicto, cualquier acreedor o persona que acredite interés legÃtimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.Murcia, 23 de enero de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.
15-07-2015
A150030980
Auto de declaración de concurso voluntario
Cese de los Administradores
EdictoÁngela Quesada Martos, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Murcia, por el presente, hago saber:1º.- Que en Sección I Declaración Concurso 269/15 seguido en este órgano judicial se ha dictado en fecha 24-6-15 auto de declaración de concurso voluntario de Grasas Romero y Compañía, S.L., con B-30097075, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Totana (Murcia).2º.- Se ha acordado la intervención por la Administración Concursal de las facultades de administración y disposición del deudor.3º.- El llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, será de un mes desde la publicación del presente.La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el Juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.4º.- La identidad de la administración concursal es la siguiente:.El Letrado D. Jesús Bonet Sánchez, mayor de edad, con D.N.I. n.º 22.517.173-N, con domicilio profesional en Gran Vía Salcillo, n.º 16-2.ºD, C.P. 30004 Murcia, teléfono 963604988, fax 963610659 y correo electrónico [email protected]º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC).Murcia, 29 de junio de 2015.- La Secretaria Judicial.
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