Concurso de acreedores Panificadora Daunis Balcells Sa

Concurso de acreedores Panificadora Daunis Balcells Sa

El 08-07-2015, Panificadora Daunis Balcells Sa, en PREMIA DE MAR (Barcelona) se ha iniciado en concurso voluntario por el tribunal de BARCELONA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el A08656621. La principal actividad de la empresa Panificadora Daunis Balcells Sa es industria de la alimentación. La Junta de Acreedores está planificada.

Información General de Panificadora Daunis Balcells Sa

Nombre de la mercantil: Panificadora Daunis Balcells Sa
Localidad: PREMIA DE MAR
Provincia: Barcelona
Dirección: SANT ANTONI 3308330 PREMIA DE MAR
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: A08656621
Número De Insolvencia: A08656621
Juzgado: Juzgado de BARCELONA

Actividad Principal de Panificadora Daunis Balcells Sa

La actividad de la empresa Panificadora Daunis Balcells Sa es Industria

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Concursos de acreedores y suspensiones de pagos

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

21-11-2017
A170083949

 
José Vela Perez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Barcelona,Hago saber: que por resolución del día de la fecha se ha acordado la reapertura del concurso e inicio de la fase de liquidación de las compañías asociadas que a continuación se enumeran:-Panificadora Daunis Balcells S.A.U., con CIF n.º A-08656621 y domicilio en c/ Sant Antoni, n.º 33, de Premiá de Mar (Barcelona), con n.º de exprediente 541/15-B.-El Forn de la Dolors, con CIF n.º B-65552093 y domicilio en c/ Narcis Monturiol, n.º 6, de Vilassar de Dalt (Barcelona), con n.º de exprediente 853/15-B.- Luviasa 98 S.L.U., con CIF n.º B-61809398 y domicilio en c/ Francesc Moragas, n.º 20, de Premiá de Mar (Barcelona), con n.º de exprediente 854/15-B.- Premiapa S.L.U., con CIF n.º B-63352751 y domicilio en c/ Emilia Carles, n.º 21, de Cabrils (Barcelona), con n.º de exprediente 855/15-B.Se repone en su cargo como administrador concursal a Forum Civitas 3000 SLP, con domicilio en Pau Claris, n.º 157, 4.º, 1.ª de Barcelona, e-mail [email protected] el plazo de 15 días la administración concursal debe presentar un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa de la parte concursada, conforme a lo dispuesto en el art. 148.1Barcelona, 15 de noviembre de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.

02-06-2016
A160032424

 
Letrado de la Adm. de Justicia don José Vela Perez, del Juzgado Mercantil n.º 6 de Barcelona,HACE SABER:Que en los autos que se siguen en este Juzgado con el número 541/2015-B, por sentencia de fecha 5 de abril de 2016 se ha aprobado, con los efectos y alcance legalmente previstos, el convenio propuesto por la concursada Panificadora Daunis Balcells, S.A., con CIF n.º A-08656621, acordándose el cese de los efectos de la declaración del concurso, sin perjuicio de los deberes que el articulo 42 de la Ley Concursal impone al deudor, y cesando la Administración concursal en sus funciones de intervención sobre la administración y disposición de los bienes y derechos del mismo.Barcelona, 5 de abril de 2016.- El Letrado de la Adm. de Justicia.

15-12-2015
A150053453

 

Finalización de la fase común

Apertura de la fase de convenio

Convocatoria de Junta de Acreedores

 
El Letrado de la Adm. de Justicia D/ña José Vela Pérez, del Juzgado Mercantil n.º 6 de Barcelona.Hace saber: Que en los autos que se siguen en este Juzgado con el número 541/2015, sobre proceso concursal de la mercantil Panificadora Daunis Balcells, S.A.U., con CIF A-08656621, por auto de fecha 23 de noviembre de 2015 se ha declarado la finalización de la fase común del presente procedimiento concursal, abriéndose la fase de convenio.Se convoca Junta de Acreedores, que se celebrará el día 24 de febrero de 2016, a las 10:30 horas, en la Sala de vistas de este Juzgado, sita en la Ciutat de la Justicia, Gran Via de les Corts Catalanes, 111, edificio C. La administración concursal deberá convocar a todos los acreedores que figuren en la lista definitiva con una antelación no inferior a quince días.Barcelona, 23 de noviembre de 2015.- El Letrado de la Adm. de Justicia.

29-07-2015
A150033370

 

Auto de declaración de concurso voluntario

Cese de los Administradores

 
El Secretario Judicial don José Vela Pérez, del Juzgado Mercantil número 6 de Barcelona,Hace saber:Que en los autos que se siguen en este Juzgado con el número 541/2015 se ha declarado, mediante auto de fecha 8 de julio de 2015, el concurso voluntario de Panificadora Daunis Balcells, S.A., con N.I.F.- A-08656621, y con domicilio social en C/ Sant Antoni, n.º 33, de Premia de Mar (Barcelona), en el que se ha decretado el mandamiento de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, que se tramitará por los cauces del concurso abreviado.Los acreedores del concursado deberán comunicar sus créditos al administrador concursal designado Forum Civitas 3000, S.L.P. por medio de escrito que se presentará, personalmente, por vía postal en el domicilio del administrador concursal, sito en C/ Pau Claris, n.º 157, 4.º, 1.ª, o en la dirección electrónica designada por el Administrador concursal [email protected] en el plazo de un mes, a contar desde la publicación en el B.O.E. del presente edicto.El escrito deberá ir firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. Si se invocare un privilegio especial se indicarán, además, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se deberán acompañar originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito, o bien copia en forma electrónica caso de que se haya optado por este medio de comunicación. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando Abogado y Procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a juntas, debiendo efectuar en su caso la personación en el Servicio Común de los Juzgados Mercantiles.Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicaran en el Registro Público ConcursalBarcelona, 8 de julio de 2015.- El Secretario Judicial.

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