Concurso de acreedores Manuel Almeida Pinto SL
El 27-04-2015, Manuel Almeida Pinto SL, en ZAFRA (Badajoz) se ha iniciado en concurso voluntario por el tribunal de BADAJOZ. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B06319941. La principal actividad de la empresa Manuel Almeida Pinto SL es fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipo. Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
Información General de Manuel Almeida Pinto SL
Nombre de la mercantil: Manuel Almeida Pinto SL
Localidad: ZAFRA
Provincia: Badajoz
Dirección: INDUSTRIAL LOS CAÑOS (CL BODION 79) 006300 ZAFRA
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B06319941
Número De Insolvencia: B06319941
Juzgado: Juzgado de BADAJOZ
Actividad Principal de Manuel Almeida Pinto SL
La actividad de la empresa Manuel Almeida Pinto SL es Industria
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Publicaciones Concurso de acreedores Manuel Almeida Pinto SL:
Concursos de acreedores y suspensiones de pagos
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
08-05-2015
A150018387
Auto de declaración de concurso voluntario
Cese de los Administradores
Doña Lucía Peces Gómez, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz, por el presente, hago saber:1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 184/2015, se ha dictado en fecha 27 de abril de 2015, Auto de declaración de concurso voluntario del deudor MERCANTIL MANUEL ALMEIDA PINTO, S.L., con CIF B06319941, cuyo centro de intereses principales lo tiene en el Polígono Industrial los Caños calle Bodión, n.º 79, Nave 4, 06300 Zafra.2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que ejercía los concursados. Se ha designado, como Administración concursal al Letrado D. JOSÉ CARLOS RUIZ GONZÁLEZ, con DNI número 52.967.176-Q con domicilio profesional en C/ Ricardo Fernández de la Puente,1, 2.ª planta, Badajoz. Correo electrónico [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. No se admitirán bajo ninguna circunstancia insinuaciones de crédito dirigidas a este Juzgado, ya que las mismas deben dirigirse directamente a la Administración concursal. En el caso de existir personaciones en los escritos de insinuación de crédito tampoco serán tenidas en cuenta, debiéndose realizar la personación en escrito exclusivo para tal fin.3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes, a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.4.º Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal www.publicidadconcursal.es.Badajoz, 27 de abril de 2015.- La Secretaria judicial.
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