Concurso de acreedores terminado Servicio Tecnico De Yates SL
El 25-11-2015, Servicio Tecnico De Yates SL, en SANT ADRIA DE BESOS (Barcelona) se ha iniciado en concurso de acreedores por el tribunal de BARCELONA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B61045381. La principal actividad de la empresa Servicio Tecnico De Yates SL es reparación e instalación de maquinaria y equipo. El concurso ha concluido.
Información General de Servicio Tecnico De Yates SL
Nombre de la mercantil: Servicio Tecnico De Yates SL
Localidad: SANT ADRIA DE BESOS
Provincia: Barcelona
Dirección: PAU (MARINA SECA. PORT FORUM), 12 – LOC. 5 008930 SANT ADRIA DE BESOS
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B61045381
Número De Insolvencia: B61045381
Juzgado: Juzgado de BARCELONA
Actividad Principal de Servicio Tecnico De Yates SL
La actividad de la empresa Servicio Tecnico De Yates SL es Industria
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Publicaciones Concurso de acreedores terminado Servicio Tecnico De Yates SL:
Concursos de acreedores y suspensiones de pagos
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
02-04-2016
A160014312
Conclusión del concurso
EdictoD.ª Margarita Marquina Castells, el letrado de la Administración de Justicia del juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona y provincia.Hago saber: Que en el Concurso n.º 976/2015C-D seguido en este Juzgado a instancia del Procurador sr./a. Beatriz de Miquel Balmes en nombre de Servicio Técnico de Yates, S.L., se ha dictado en fecha 29/2/16 acordando la conclusión del concurso, cesando todos los efectos de la declaración del concurso y la Administracion concursal en el ejercicio de su cargo.Barcelona, 2 de marzo de 2016.- EL letrado de la Administración de Justicia.
03-02-2016
A160002909
Auto de declaración de concurso
Cese de los Administradores
EdictoDoña Margarita Marquina Castells, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de los de Barcelona y provincia,Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 976/2015 en el que se ha dictado con fecha 25/11/15 auto declarando en estado de concurso a la entidad Servicio Técnico de Yates, S.L., con CIF B61045381, y mandando darle publicidad con los siguientes datos:NIG del procedimiento: 08019-47-1-2015-8007042.Tipo de Concurso: voluntario. Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso.Concursada: Servicio Técnico de Yates, S.L., con domicilio en C/ Pau, 12, Locales 5, 6 y 7, Port Forum.Administrador concursal: D. Luis Gallo Salent, con domicilio en Rambla de Catalunya, 112, Barcelona, con correo electrónico [email protected] de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al artículo 85 de la Ley Concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.El plazo será de Un Mes a contar desde la última de las publicaciones.Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.Barcelona, 18 de enero de 2016.- El Letrado de la Administración de justicia.
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