Concurso de acreedores Llaticar SL
El 16-11-2015, Llaticar SL, en ESPARREGUERA (Barcelona) se ha iniciado en concurso voluntario por el tribunal de BARCELONA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B65406142. La principal actividad de la empresa Llaticar SL es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas. Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
Información General de Llaticar SL
Nombre de la mercantil: Llaticar SL
Localidad: ESPARREGUERA
Provincia: Barcelona
Dirección: CANTIR 208292 ESPARREGUERA
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B65406142
Número De Insolvencia: B65406142
Juzgado: Juzgado de BARCELONA
Actividad Principal de Llaticar SL
La actividad de la empresa Llaticar SL es Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
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Publicaciones Concurso de acreedores Llaticar SL:
Concursos de acreedores y suspensiones de pagos
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
28-12-2015
A150055499
Auto de declaración de concurso voluntario
Cese de los Administradores
EDICTODon/Doña Luis Miguel Gonzalo Capellin, Letrado de la Adm. de Justicia del Juzgado Mercantil 1 BarcelonaHACE SABER:Que en los autos con N.I.G.08019 – 47 – 1 – 2015 – 8003807 y nº 827/2015H se ha declarado el concurso voluntario de fecha 16/11/15 de LLATICAR, SL con C.I.F. nº B65406142 y domicilio domicilio en C/ Cantir 2, nave 3 y 4 (partida Magarola) Esparraguera, en el que se ha decretado la suspensión de las facultades de administración y disposición, que se tramitará por los cauces del procedimiento abreviado.El administrador concursal es D./Dª Silvia Castro Sarda con domicilio en C/ Gran Via de les Corts Catalanes 654, 2-2- Barcelona y correo electrónico [email protected] a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Concursal los acreedores de la concursada deberán poner sus créditos en conocimiento de la administración concursal en el domicilio sito en C/ Gran Via de les Corts Catalanes 654, 2-2 Barcelona, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.La comunicación deberá efectuarse en ei plazo de UN MES a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOE y expresará él nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de aquisición y vencimiento, caracterísiticas y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicará además, los bienes o derecho a que afecte1 y, en su caso los datos regístrales También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicades resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica, en caso de que se naya optado por esta forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda ya representen, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas.Barcelona, 25 de noviembre de 2015.- El Letrado de la Adm. de Justicia.
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