Concurso de acreedores Geriatrica Navasol SL
El 09-10-2015, Geriatrica Navasol SL, en NAVALCARNERO (Madrid) se ha iniciado en concurso voluntario por el tribunal de MADRID. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B81100463. La principal actividad de la empresa Geriatrica Navasol SL es asistencia en establecimientos residenciales.
Información General de Geriatrica Navasol SL
Nombre de la mercantil: Geriatrica Navasol SL
Localidad: NAVALCARNERO
Provincia: Madrid
Dirección: DE LA RONDA DE SAN JUAN 1128600 NAVALCARNERO
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B81100463
Número De Insolvencia: B81100463
Juzgado: Juzgado de MADRID
Actividad Principal de Geriatrica Navasol SL
La actividad de la empresa Geriatrica Navasol SL es
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Publicaciones Concurso de acreedores Geriatrica Navasol SL:
Concursos de acreedores y suspensiones de pagos
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
12-11-2015
A150047547
Auto de declaración de concurso voluntario
El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Madrid, en cumplimiento de lo establecido en el art. 23 de la LC, anuncia:1.º Que en el procedimiento nº 541/2015 por auto de fecha 9/10/2015. se ha declarado en concurso Voluntario Abreviado al deudor Geriátrica Navasol, S.L., con CIF n.º B-81100463.2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración Concursal.3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la presente publicación.Lugar para tal comunicación: A) Por presentación o remisión a la dirección de la Administración Concursal designada: ABC ECONOMISTAS Y ABOGADOS CONCURSALISTAS, S.L.P.; D. Mario Moya de la Rubia, C/ Diego de León, n.º 47- 28009 Madrid; teléfono: 91 838 85 93; fax: 95 222 30 10.B) También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.Dirección de correo electrónico: [email protected] el caso de que algún crédito fuera presentado en el Juzgado, se tendrá por no comunicado.4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC).Madrid, 29 de octubre de 2015.- Letrado de la Administración de Justicia.
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