Concurso de acreedores Promotora Yemenay S.L.
El 30-11-2015, Promotora Yemenay S.L., en VILAGARCIA (Pontevedra) se ha iniciado en concurso de acreedores por el tribunal de PONTEVEDRA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B36330025. La principal actividad de la empresa Promotora Yemenay S.L. es construcción de edificios. Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
Información General de Promotora Yemenay S.L.
Nombre de la mercantil: Promotora Yemenay S.L.
Localidad: VILAGARCIA
Provincia: Pontevedra
Dirección: ARALDE (LG ) 1036600 VILAGARCIA
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B36330025
Número De Insolvencia: B36330025
Juzgado: Juzgado de PONTEVEDRA
Actividad Principal de Promotora Yemenay S.L.
La actividad de la empresa Promotora Yemenay S.L. es Construcción
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Publicaciones Concurso de acreedores Promotora Yemenay S.L.:
Concursos de acreedores y suspensiones de pagos
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
16-03-2016
A160010765
Auto de declaración de concurso
Cese de los Administradores
D. José Tronchoni Albert, Secretario Judicial del Jdo. de lo Mercantil n.º 2 de Pontevedra, por el presente, hago saber:1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº Sección I Declaración Concurso 280/2015 y NIG 36038 47 1 2015 0000470 se ha dictado en fecha 30 de noviembre de 2015 Auto de Declaración de Concurso necesario del deudor Promotora Yemenay, S.L., con CIF nº B-36330025, inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra y domicilio social en C/ Caleiro Aralde, nº 10, en Vilagarcía de Arousa.2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha designado como administración concursal a la Abogada Heriberta Docampo Brea, con D.N.I. nº 35434091 S y domicilio en la calle Benito Corbal, nº 13-1º D, Pontevedra. C.P. 36001, teléfono 986861511, y dirección electrónica a efectos del concurso: [email protected], con domicilio postal y dirección electrónica señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.3º.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.En Pontevedra, 7 de marzo de 2016.- El Secretario Judicial.
Última dirección de Promotora Yemenay S.L.: