Concurso de acreedores terminado Recomendar Labs Sociedad Limitada.
El 03-03-2016, Recomendar Labs Sociedad Limitada., en SANTA BRIGIDA (Palmas (Las)) se ha iniciado en concurso de acreedores por el tribunal de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B76136902. La principal actividad de la empresa Recomendar Labs Sociedad Limitada. es otras actividades profesionales, científicas y técnicas. El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
Información General de Recomendar Labs Sociedad Limitada.
Nombre de la mercantil: Recomendar Labs Sociedad Limitada.
Localidad: SANTA BRIGIDA
Provincia: Palmas (Las)
Dirección: ACEQUIA DE TAFIRA 435300 SANTA BRIGIDA
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B76136902
Número De Insolvencia: B76136902
Juzgado: Juzgado de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA
Actividad Principal de Recomendar Labs Sociedad Limitada.
La actividad de la empresa Recomendar Labs Sociedad Limitada. es Consultoría, investigación y prestación de servicios técnicos
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Publicaciones Concurso de acreedores terminado Recomendar Labs Sociedad Limitada.:
Concursos de acreedores y suspensiones de pagos
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
29-10-2019
A190059806
Cese de los Administradores
Alzamiento de las limitaciones de administración
Conclusión por insuficiencia de masa activa
Doña Águeda Reyes Almeida, Letrada de la Administración de Justicia Accidental del Juzgado Mercantil n.º 1 de Las Palmas, por el presente,HACE SABER:Que en el procedimiento concursal número 23/2016, se ha dictado en el día de la fecha Auto declarando la conclusión del concurso de la mercantil RECOMENDAR LABS, S.L., con CIF B-76136902, y cuya parte dispositiva el del tenor literal siguiente:Se declara la CONCLUSIÓN del concurso de RECOMENDAR LABS, S.L., por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa. En todos los casos de conclusión del concurso, cesarán las limitaciones de las facultades de administración y disposición sobre el deudor subsistentes.SE ACUERDA la extinción de la sociedad RECOMENDAR LABS, S.L., y se acuerda la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil de Las Palmas, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la presente resolución firme. La sociedad figura inscrita al Tomo 2034, Folio 107, Hoja GC-46180.Las Palmas de Gran Canaria, 24 de octubre de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Águeda Reyes Almeida.
19-03-2016
A160010198
Auto de declaración de concurso
Cese de los Administradores
Dña.Águeda Reyes Almeida, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria.Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal 0000023/2016, seguido a instancias del Procurador D. Antonio Lorenzo Vega González, en nombre y representación de Recomendar Labs S.L., se ha dictado Auto el día 04.02.2016, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:Se declara el concurso de Recomendar Labs S.L. con CIF, n.º B76136902, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y, se publicará en el Boletín Oficial del Estado.Se designan como Administradores del concurso a José María Betancor Álamo, como Abogado, el cual ha designado como domicilio postal el de la calle Reyes Católicos n.º 20, oficina 5 y 6, código postal 35001, teléfono 928361636 y fax 928366614, así como dirección electrónica [email protected] cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda, la suspensión.Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de UN MES a contar desde el siguiente a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).Las Palmas de Gran Canaria, 3 de marzo de 2016.- Letrada de la Administración de Justicia.
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