Concurso de acreedores Bonomi Cestay SL
El 19-01-2016, Bonomi Cestay SL, en BUEU (Pontevedra) se ha iniciado en concurso voluntario por el tribunal de PONTEVEDRA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B36531077. La principal actividad de la empresa Bonomi Cestay SL es actividades inmobiliarias. Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
Información General de Bonomi Cestay SL
Nombre de la mercantil: Bonomi Cestay SL
Localidad: BUEU
Provincia: Pontevedra
Dirección: A TORRE 3836930 BUEU
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B36531077
Número De Insolvencia: B36531077
Juzgado: Juzgado de PONTEVEDRA
Actividad Principal de Bonomi Cestay SL
La actividad de la empresa Bonomi Cestay SL es Alquiler y gestión de inmuebles
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Publicaciones Concurso de acreedores Bonomi Cestay SL:
Concursos de acreedores y suspensiones de pagos
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
16-02-2016
A160005274
Auto de declaración de concurso voluntario
Cese de los Administradores
D. JOSÉ TRONCHONI ALBERT, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Pontevedra, por el presente, hago saber:1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I, Declaración concurso 0000313 /2015 y NIG n.º 36038 47 1 2015 0000513 se ha dictado en fecha 19 de enero de 2016 Auto de Declaración de Concurso Voluntario del deudor BONOMI CESTAY, S.L., con CIF B 36.531.077, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Bueu (Pontevedra), Torre-Cela, n.º 38.2.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio y cesados sus administradores, quedando sustituidos estos por la administración concursal. Se ha designado, como administración concursal al abogado don Carlos Rivas Teruelo, con NIF 35295322-M, y despacho profesional en Pontevedra, calle Marqués de Riestra, n.º 34, 4.º-A, CP 36001, y teléfono 986863122, y dirección electrónica a efectos de comunicación con el concurso: [email protected], para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.3.º Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.4.º Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal.Pontevedra, 26 de enero de 2016.- El Secretario judicial.
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