Concurso de acreedores Trans E A M SL
El 18-11-2016, Trans E A M SL, en SANT FELIU DE LLOBREGAT (Barcelona) se ha iniciado en concurso voluntario por el tribunal de BARCELONA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B60335262. La principal actividad de la empresa Trans E A M SL es transporte terrestre y por tubería.
Información General de Trans E A M SL
Nombre de la mercantil: Trans E A M SL
Localidad: SANT FELIU DE LLOBREGAT
Provincia: Barcelona
Dirección: MATILDE BERTRAN CALOPA, 6 – 8 LOC 2 008980 SANT FELIU DE LLOBREGAT
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B60335262
Número De Insolvencia: B60335262
Juzgado: Juzgado de BARCELONA
Actividad Principal de Trans E A M SL
La actividad de la empresa Trans E A M SL es Transporte y almacenamiento
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Publicaciones Concurso de acreedores Trans E A M SL:
Concursos de acreedores y suspensiones de pagos
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
05-12-2016
A160087178
Auto de declaración de concurso voluntario
Letrado de la Administración de Justicia, D./Dña. José Vela Pérez, del Juzgado Mercantil n.º 6 de Barcelona,Hace saber: Que en los autos que se siguen en este Juzgado con el número 795/2016-B se ha declarado, mediante auto de fecha 18 de noviembre de 2016, el concurso voluntario de Trans E.A.M, S.L. con NIF B-60335262 y domicilio en C/ Matilde Bertrán i Calopa, 6-8, local 2 de Sant Feliu de Llobregat (Barcelona), en el que se ha decretado el mantenimiento de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, que se tramitará por los cauces del concurso abreviado.Los acreedores del concursado deberán comunicar sus créditos al administrador concursal designado D. Edgar López Rivas por medio de escrito que se presentará, personalmente, por vÃa postal en el domicilio del administrador concursal, sito en Avda. Diagonal, n.º 401, 1.º, 08008 Barcelona, o en la dirección electrónica designada por el administrador concursal [email protected] en el plazo de un mes, a contar desde la publicación en el BOE del presente edicto.El escrito deberá ir firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, asà como los relativos al crédito, concepto y cuantÃa, fecha de adquisición y vencimiento, caracterÃsticas y calificación que se pretende. Si se invocare un privilegio especial se indicarán, además, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se deberán acompañar originales o copias auténticas del tÃtulo o de los documentos relativos al crédito, o bien copia en forma electrónica caso de que se haya optado por este medio de comunicación. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a juntas, debiendo efectuar en su caso la personación en el Servicio Común de los Juzgados Mercantiles.Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal.Barcelona, 18 de noviembre de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.
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