Concurso de acreedores terminado Bare Body Resorts Sociedad Limitada.

Concurso de acreedores terminado Bare Body Resorts Sociedad Limitada.

El 22-09-2015, Bare Body Resorts Sociedad Limitada., en TIAS (Palmas (Las)) se ha iniciado en concurso de acreedores por el tribunal de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B76051580. La principal actividad de la empresa Bare Body Resorts Sociedad Limitada. es servicios de alojamiento. El concurso ha concluido.

Información General de Bare Body Resorts Sociedad Limitada.

Nombre de la mercantil: Bare Body Resorts Sociedad Limitada.
Localidad: TIAS
Provincia: Palmas (Las)
Dirección: ANZUELO (PTO CARMEN) 2335510 TIAS
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B76051580
Número De Insolvencia: B76051580
Juzgado: Juzgado de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Actividad Principal de Bare Body Resorts Sociedad Limitada.

La actividad de la empresa Bare Body Resorts Sociedad Limitada. es Servicios de alojamientos, comidas y bebidas

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Publicaciones Concurso de acreedores terminado Bare Body Resorts Sociedad Limitada.:

Concursos de acreedores y suspensiones de pagos

Publicaciones

Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

27-07-2020
A200031707

 

Cese de los Administradores

Alzamiento de las limitaciones de administración

Conclusión del concurso

 
D./Dña. ELENA LURI RODRÍGUEZ, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2, de Las Palmas de Gran Canaria, por el presente,Hace saber: Que en el procedimiento concursal número 0000213/2016, se ha dictado en fecha 1 de julio de 2020 auto declarando la conclusión del concurso de la mercantil BARE BODY RESORTS, S.L., con CIF B76051580, y cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:Parte dispositivaAcuerdo:1. Declarar la conclusión del concurso de la concursada BARE BODY RESORTS, S.L.2. Archivar las actuaciones.3. Declarar la cancelación de todas las anotaciones o inscripciones efectuadas en virtud de la declaración del concurso.4. Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación.5. El cese de la administración concursal designada, debiendo comparecer a tal efecto en este juzgado en el plazo de cinco días, para devolver la credencial que le habilita como tal.6. El deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes, de modo que los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Para tales ejecuciones, la inclusión de su crédito en la lista definitiva de acreedores se equipara a una sentencia de condena firme7. La extinción de la entidad la concursada BARE BODY RESORTS, S.L., debiendo cancelarse su inscripción en los registros públicos que corresponda, sin perjuicio del mantenimiento de su personalidad jurídica a los efectos del punto anterior así como para reclamar el activo sobrevenido que pudiera aparecer.8. Dar la publicidad por medio de edictos en el tablón de anuncios del Juzgado.9. Dar la publicidad registral necesaria para cuyo efecto remítanse los respectivos mandamientos a los registros correspondientes para la anotación de la presente resolución.10. Aprobar la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal.11. Notificar la presente resolución a la administración concursal, a la concursada y a las partes personadas, haciéndoseles saber que la misma es firme.Las Palmas de Gran Canaria, 22 de julio de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Elena Luri Rodríguez.

28-09-2016
A160064012

 

Auto de declaración de concurso

 
Don Eduardo José Rebollo Sanz, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º dos de los de Las Palmas, con sede en Las Palmas de Gran Canaria,Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal 0000213/2016, seguido a instancias de la Procuradora doña María del Mar Montesdeoca Calderín, en nombre y representación de la mercantil BARE BODY RESORTS, S.L., con CIF n.º B-76.051.580, inscrita el 22/09/15 en el Registro Mercantil de Puerto de Arrecife, al tomo 413, folio 53, sección 8.ª, hoja 9849, inscripción 2.ª, con domicilio social y sede de sus principales intereses en la calle Anzuelo, n.º 23, Puerto del Carmen, 35572 Tías-Lanzarote, se ha dictado Auto el día 01/09/16, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:Se declara el concurso de la mercantil BARE BODY RESORTS, S.L., con CIF n.º B-76.051.580, inscrita el 22/09/15 en el Registro Mercantil de Puerto de Arrecife, al tomo 413, folio 53, sección 8.ª, hoja 9849, inscripción 2.ª, con domicilio social y sede de sus principales intereses en la calle Anzuelo, n.º 23, Puerto del Carmen, 35572 Tías-Lanzarote, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.Se designa como Administrador del concurso a don Ignacio Lasso de la Vega Borja, economista, quien señala el domicilio donde desempeñará su cargo en esta ciudad, c/ San Agustín, n.º 3, oficina n.º 5, CP 35001 Las Palmas de Gran Canaria, telf.: 91.737.12.20. Fax: 91.091.07.14 y como dirección electrónica: [email protected] cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda la intervención.Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC).Las Palmas de Gran Canaria, 12 de septiembre de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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