Concurso de acreedores Ganaderia Rodriguez Rey Sociedad Civil
El 18-04-2016, Ganaderia Rodriguez Rey Sociedad Civil, en SALAS (Asturias) se ha iniciado en concurso voluntario por el tribunal de OVIEDO. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el J74227851. Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
Información General de Ganaderia Rodriguez Rey Sociedad Civil
Nombre de la mercantil: Ganaderia Rodriguez Rey Sociedad Civil
Localidad: SALAS
Provincia: Asturias
Dirección: PUMARADA LA VEGA 033860 SALAS
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: J74227851
Número De Insolvencia: J74227851
Juzgado: Juzgado de OVIEDO
Actividad Principal de Ganaderia Rodriguez Rey Sociedad Civil
La actividad de la empresa Ganaderia Rodriguez Rey Sociedad Civil es
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Publicaciones Concurso de acreedores Ganaderia Rodriguez Rey Sociedad Civil:
Concursos de acreedores y suspensiones de pagos
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
25-05-2016
A160025413
Auto de declaración de concurso voluntario
Cese de los Administradores
EdictoDoña María Amor Rodríguez Díaz, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Oviedo, por el presente,Hago saber:1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número 30/2016 (N.I.G. 33044 47 1 2016 0000010) el Sr. Magistrado Don Alfonso Muñoz Paredes ha dictado en fecha 18 de abril de 2016, auto que no es firme, declarando en concurso voluntario abreviado al deudor Ganadería Rodríguez Rey, Sociedad Civil con C.I.F.: G-74227851 y con domicilio en Urbanización La Vega s/n, Salas, Asturias.2.º En dicho procedimiento se ha nombrado como Administrador Concursal a María Montoto García, quien ha designado al objeto de que los acreedores efectúen la comunicación de créditos prevista en el artículo 85 de la Ley Concursal y cualquier otro acto de comunicación con la Administración Concursal, el domicilio sito en Pasaje Álvarez Buylla 12, entresuelo izquierda, Oviedo (33003), así como la siguiente dirección electrónica: [email protected], pudiendo dirigir los acreedores concursales sus comunicaciones de créditos y cualquier otra comunicación, a uno u otro, a su elección, pero no presentarlas en el Juzgado, que podrá no tener por bien hecha la comunicación del crédito, con las consecuencia que de ello pueden derivarse en la clasificación del crédito comunicado.El horario de atención al público facilitado por la Administración Concursal es: De lunes a jueves de 09:30 a 13:30 horas y de 16:30 a 20:30 y los viernes solo en horario de mañana.Los acreedores deberán comunicar sus créditos a la Administración Concursal en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el B.O.E., y dicha comunicación deberá efectuarse cumpliendo los requisitos previstos en el artículo 85 de la Ley Concursal.3.º Se ha fijado el régimen de intervención de las facultades de administración y disposición de los deudores sobre su patrimonio.Oviedo, 27 de abril de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.
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