Concurso de acreedores Jamones Y Embutidos Hervil SL

Concurso de acreedores Jamones Y Embutidos Hervil SL

El 22-09-2016, Jamones Y Embutidos Hervil SL, en LACHAR (Granada) se ha iniciado en concurso voluntario por el tribunal de GRANADA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B18638668. La principal actividad de la empresa Jamones Y Embutidos Hervil SL es industria de la alimentación.

Información General de Jamones Y Embutidos Hervil SL

Nombre de la mercantil: Jamones Y Embutidos Hervil SL
Localidad: LACHAR
Provincia: Granada
Dirección: ILLORA (FABRICA DE EMBRUTIDOS) 018327 LACHAR
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B18638668
Número De Insolvencia: B18638668
Juzgado: Juzgado de GRANADA

Actividad Principal de Jamones Y Embutidos Hervil SL

La actividad de la empresa Jamones Y Embutidos Hervil SL es Industria

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Publicaciones Concurso de acreedores Jamones Y Embutidos Hervil SL:

Concursos de acreedores y suspensiones de pagos

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

23-03-2017
A170016282

 
EdictoEl Juzgado de lo Mercantil de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:Que en el concurso voluntario número 472/2016, seguido a instancia de Jamones y Embutidos Hervil, S.L. con C.I.F. B-18638668, por auto de fecha uno de marzo de 2017 se ha acordado:Acuerdo la conclusión del concurso voluntario de acreedores de la persona jurídica Jamones y Embutidos HervilL, S.L. con CIF B-18638668, inscrita en el Registro Mercantil de Granada y la aprobación de la rendición de cuentas presentada por la administración concursal. De conformidad a ello:Procédase a la publicación de la presente resolución en el BOE, en el Registro Mercantil y en el Registro Público Concursal.Procédase a la cancelación de las anotaciones de declaración de concurso existentes, librando a tal efecto los mandamientos oportunos.Llévese testimonio de la presente resolución a todas las secciones del concurso.Se acuerda la extinción de Jamones y Embutidos Hervil, S.L. con CIF B-18638668. Líbrese mandamiento al Registro Mercantil conteniendo testimonio de la presente resolución, firme que sea la misma, al objeto de la inscripción de la cancelación de Jamones y Embutidos Hervil, S.L. con CIF B-18638668.Requiérase a la administración concursal para que en el plazo de cinco días desde la cancelación de la inscripción realizada en el Registro mercantil aporte al Juzgado su acreditación de administrador cesando en ese momento en sus funciones.Contra la presente resolución no cabe interponer recurso alguno (art. 177 LC).Granada, 3 de marzo de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

19-10-2016
A160069448

 

Auto de declaración de concurso voluntario

 
EdictoEL JUZGADO DE LO MERCANTIL DE GRANADA, EN CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 23 DE LA LEY CONCURSAL (LC),Anuncia1.º-Que en el procedimiento número 472/2016, con NIG 1808742M20160000552, por auto de 22 de septiembre de 2016 se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor Jamones y Embutidos Hervil, S.L., con CIF B-18638668 y domicilio en Camino de Íllora, s/n, Láchar (Granada), y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Granada.2.º-Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración concursal.3.º-Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art 85 de la L.C. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido la sociedad Jimenez Tejada y Asociados, S.L.P., con domicilio postal C/ La Pinta, n.º 8, 18320 Santa Fe (Granada) y dirección electrónica [email protected] siendo la persona natural que la representa doña María del Mar Jiménez Tejada, de profesión Abogada.El plazo para esta comunicación es el de un mes contado desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del auto de declaración del concurso en la forma extractada prevista en el art. 23.1 LC.4.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).5.º-Que el Registro Publico Concursal donse se publicarán las resoluciones que traigan causa en el concurso es https//www.publicidadconcursal.es/concursal/jsp/home.jsp.Granada, 29 de septiembre de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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