Concurso de acreedores terminado Florencia Marco SL

Concurso de acreedores terminado Florencia Marco SL

El 07-09-2017, Florencia Marco SL, en ELDA (Alicante) se ha iniciado en concurso voluntario por el tribunal de ALICANTE. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B03271715. La principal actividad de la empresa Florencia Marco SL es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas. El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.

Información General de Florencia Marco SL

Nombre de la mercantil: Florencia Marco SL
Localidad: ELDA
Provincia: Alicante
Dirección: VELAZQUEZ 1303600 ELDA
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B03271715
Número De Insolvencia: B03271715
Juzgado: Juzgado de ALICANTE

Actividad Principal de Florencia Marco SL

La actividad de la empresa Florencia Marco SL es Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor

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Publicaciones Concurso de acreedores terminado Florencia Marco SL:

Concursos de acreedores y suspensiones de pagos

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

29-07-2020
A200032234

 

Conclusión por insuficiencia de masa activa

 
EdictoDña. Pilar Solanot García, Letrada Admón. Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante,Por el presente, hago saber: Que en el procedimiento concurso abreviado [CNA] 000136/2017 – R sobre declaración de concurso de la mercantil Florencia Marco, S.L., con C.I.F. n° B-03271715, con domicilio en la calle Monastil n°46 de Elda (Alicante), se ha dictado auto de fecha 10 de julio de 2020, que contiene, entre otros, los siguientes pronunciamientos:»Dispongo: La conclusión del presente procedimiento concursal, por insuficiencia de masa activa.Se declara aprobada la rendición de cuentas final de los administradores.Se declara la extinción de la entidad mercantil Florencia Marco, S.L., y procédase al cierre de la hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.Publíquese la presente resolución en el tablón de anuncios de este Juzgado, y publíquese en el Boletín Oficial del Estado.Lo anterior se entiende sin perjuicio de la reapertura del concurso en los casos que proceda.Notifiquese a las partes personadas y a la Administración Concursal, haciéndoles saber que contra esta resolución, que es firme, no cabe interponer recurso alguno (artículo 177.1 de la LC).Así, por este mi Auto, lo acuerdo, mando y firmo, yo, don Leandro Blanco García-Lomas, magistrado-juez titular del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Alicante, en funciones de sustitución del magistrado-juez titular del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de AlicanteSe expide el presente enAlicante, 10 de julio de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Pilar Solanot García.

14-10-2017
A170072149

 

Auto de declaración de concurso voluntario

 
EdictoDoña María Pilar Solanot García, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante,Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan los autos de concurso abreviado-000136/2017-R en los que se ha dictado el 7-09-17, Auto declarando en estado de concurso voluntario a Florencia Marco, S.L., con domicilio en calle Monastil, 46, Elda (Alicante), C.I.F número B-03271715, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al Tomo 1.442, Folio 114, Hoja A-13.510.Facultades: Se decreta la suspensión de las facultades de administración de la mercantil concursada.Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación en el B.O.E.Identidad de la Administración Concursal: D. Carlos Felipe Ros Álvarez, con N.I.F. 33.499.293-T, en su cualidad de abogado y con domicilio en C/ Mariano Benlliure, 29, entlo, Elche 03201 (Alicante), teléfono y fax número 865606998, correo electrónico [email protected] de los autos: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador y los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.Alicante, 19 de septiembre de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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