Concurso de acreedores Obras Herrero Mendoza Sociedad Limitada.
El 02-05-2018, Obras Herrero Mendoza Sociedad Limitada., en PORZUNA (Ciudad Real) se ha iniciado en concurso de acreedores por el tribunal de CIUDAD REAL. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B13567144. La principal actividad de la empresa Obras Herrero Mendoza Sociedad Limitada. es construcción de edificios.
Información General de Obras Herrero Mendoza Sociedad Limitada.
Nombre de la mercantil: Obras Herrero Mendoza Sociedad Limitada.
Localidad: PORZUNA
Provincia: Ciudad Real
Dirección: TRINCHETO 013120 PORZUNA
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B13567144
Número De Insolvencia: B13567144
Juzgado: Juzgado de CIUDAD REAL
Actividad Principal de Obras Herrero Mendoza Sociedad Limitada.
La actividad de la empresa Obras Herrero Mendoza Sociedad Limitada. es
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Concursos de acreedores y suspensiones de pagos
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
07-05-2018
A180029787
Auto de declaración de concurso
Doña Esther DomÃnguez Gutiérrez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 4 de Ciudad Real, con competencia en materia mercantil, por el presente,Anuncio:Que en el proceso de concurso voluntario abreviado, seguido en este órgano judicial con el número 580/2017, se ha dictado auto en fecha 2 de mayo de 2018 que acuerda:1.-Declarar en situación de concurso a la entidad OBRAS HERRERO MENDOZA, S.L., con CIF nº B13567144 y actual domicilio en Carretera de El Trincheto, sin número de orden, en el término municipal de Porzuna (Ciudad Real), inscrita en el Registro Mercantil de Ciudad Real, al Tomo 585, Folio 153, Hoja CR-23848, Inscripción 1ª, toda vez que ha sido acreditada su estado de insolvencia actual, y ello con efectos retroactivos a la fecha de presentación de la comunicación del artÃculo 5.bis de la LC efectuada por el deudor, a saber, 26 de mayo de 2017.2.-Declarar la conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa, quedando la deudora responsable de sus créditos, pudiendo los acreedores iniciar sus ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso. Y sin perjuicio de las acciones de responsabilidad contra su órgano de gobierno y representación, conforme a la Ley de Sociedades de Capital, acordando la disolución judicial de la citada mercantil.3.-Acordar la extinción de la mercantil concursada, asà como el cierre de la hoja de inscripción de la persona jurÃdica en el Registro Mercantil.4.-Archivar definitivamente las actuaciones, con devolución de toda la documentación original aportada.Ciudad Real, 2 de mayo de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.
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