Concurso de acreedores Global Allocation SL

Concurso de acreedores Global Allocation SL

El 23-01-2018, Global Allocation SL, en CASTELLON PLANA/CASTELLO P (Castellón) se ha iniciado en concurso voluntario por el tribunal de CASTELLÓN DE LA PLANA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B12772836. La principal actividad de la empresa Global Allocation SL es actividades de las sedes centrales; actividades de consultoría de gestión empresarial.

Información General de Global Allocation SL

Nombre de la mercantil: Global Allocation SL
Localidad: CASTELLON PLANA/CASTELLO P
Provincia: Castellón
Dirección: HERMANOS BOU (BS) 2412003 CASTELLON PLANA/CASTELLO P
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B12772836
Número De Insolvencia: B12772836
Juzgado: Juzgado de CASTELLÓN DE LA PLANA

Actividad Principal de Global Allocation SL

La actividad de la empresa Global Allocation SL es Consultoría, investigación y prestación de servicios técnicos

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Publicaciones Concurso de acreedores Global Allocation SL:

Concursos de acreedores y suspensiones de pagos

Publicaciones

Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

14-05-2018
A180026941

 

Auto de declaración de concurso voluntario

 
D. Jorge González Rodríguez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil num. 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 23 de la Ley Concursal, hago saber:Primero: Que por Auto de fecha 23/01/18, dictado en el procedimiento de concurso abreviado, nº000022/2018, N.I.G. nº 12040-66-1-2018-0000025, seguido en este Juzgado, se ha declarado en concurso voluntario y abreviado, al deudor «GLOBAL ALLOCATION SL», domiciliado en Avda Hermanos Bou Nº 24 bis Bajo, Castellón, y C.I.F./D.N.I. número B-12772836.Segundo: Que por el mismo Auto, se acuerda la conclusión del presente concurso por insuficiencia de la masa activa, así como el archivo de las actuaciones, con todos los efectos que son su legal y necesaria consecuencia. En particular, se acuerda la extinción de la concursada, disponiéndose la cancelación de su inscripción en los registros públicos que corresponda.Tercero: En el año siguiente a la fecha de esta resolución de conclusión, los acreedores podrán solicitar la reapertura del concurso con la finalidad de que se ejerciten acciones de reintegración, indicando las concretas acciones que deben iniciarse o aportando por escrito hechos relevantes que pudieran conducir a la calificación de concurso como culpable.Castellón, 24 de enero de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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