Concurso de acreedores Okenebebe SL.

Concurso de acreedores Okenebebe SL.

El 18-12-2018, Okenebebe SL., en ARROYO DE LA MIEL (Málaga) se ha iniciado en concurso voluntario por el tribunal de MÁLAGA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B93327625. La principal actividad de la empresa Okenebebe SL. es comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas.

Información General de Okenebebe SL.

Nombre de la mercantil: Okenebebe SL.
Localidad: ARROYO DE LA MIEL
Provincia: Málaga
Dirección: LOPE DE VEGA 029631 ARROYO DE LA MIEL
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B93327625
Número De Insolvencia: B93327625
Juzgado: Juzgado de MÁLAGA

Actividad Principal de Okenebebe SL.

La actividad de la empresa Okenebebe SL. es Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor

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Publicaciones Concurso de acreedores Okenebebe SL.:

Concursos de acreedores y suspensiones de pagos

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

11-01-2019
A190000709

 

Auto de declaración de concurso voluntario

 
EdictoEl Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal,Anuncia:1º.- Que en el procedimiento número 856/18, por auto de fecha 18 de diciembre de 2018 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Okenebebe, S.L., con CIF B93327625, domicilio en Malaga y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga.2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.3º.- Que la administración concursal la integra don Eduardo de Linares Galindo, provisto de DNI 25673043Y; español, mayor de edad, con vecindad civil común, domicilio calle Marín García, 5.ª planta y dirección postal 29005, Vecino de Málaga, Tfno: 952 60 34 75. – Profesión: Letrado y con dirección de correo electrónico [email protected] que designa a los efectos de comunicación de créditos.4º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Se hace saber a los interesados que de conformidad a los artículos 184 y 185 de la LC deberán personarse en la sección primera.6º.- Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.Málaga, 8 de enero de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, José María Casasola Díaz.

Última dirección de Okenebebe SL.:

 

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