Concurso de acreedores Vacaciones Y Turismo Sa
El 21-01-2019, Vacaciones Y Turismo Sa, en PEÑISCOLA (Castellón) se ha iniciado en concurso voluntario por el tribunal de CASTELLÓN DE LA PLANA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el A12041901. La principal actividad de la empresa Vacaciones Y Turismo Sa es construcción de edificios. Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
Información General de Vacaciones Y Turismo Sa
Nombre de la mercantil: Vacaciones Y Turismo Sa
Localidad: PEÑISCOLA
Provincia: Castellón
Dirección: LAS ATALAYAS 012598 PEÑISCOLA
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: A12041901
Número De Insolvencia: A12041901
Juzgado: Juzgado de CASTELLÓN DE LA PLANA
Actividad Principal de Vacaciones Y Turismo Sa
La actividad de la empresa Vacaciones Y Turismo Sa es Construcción
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Publicaciones Concurso de acreedores Vacaciones Y Turismo Sa:
Concursos de acreedores y suspensiones de pagos
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
14-03-2019
A190012808
Auto de declaración de concurso voluntario
Cese de los Administradores
Don Jorge González Rodríguez, Letrado Titular de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil num. Uno de Castellon, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 23 de la Ley Concursal,Hago saber:Primero: Que por Auto de fecha 21 de Enero de 2019, dictado en el procedimiento de Concurso Ordinario [CNO], nº 000026/2019, N.I.G. nº 12040-66-1-2019-0000026, seguido en este Juzgado, se ha declarado en Concurso Voluntario y Ordinario al deudor «Vacaciones Y Turismo S.A.», domiciliado en Peñíscola (Castellón), Urbanización Las Atalayas, y C.I.F. número A12041901.Segundo: Que se ha determinado el régimen de Intervención de las facultades de administración y disposición de su patrimonio por el concursado.Tercero: Que se ha designado como Administrador Concursal a D. Enrique Sirera Ebrí, con domicilio en C/Sorní, nº18, primero de Valencia, C. P 46.004 y dirección electrónica [email protected], a través de los cuales podrán los acreedores, a su elección, efectuar la comunicación de sus créditos, de conformidad con el artículo 85 LC.Cuarto: Que el plazo para comunicar los créditos a la administración concursal será de Un Mes a contar desde el siguiente a la publicación del presente en el «Boletín Oficial del Estado».Quinto: La comparecencia en el procedimiento, mediante escrito al efecto dirigido a este Juzgado, deberá realizarse mediante representación por Procurador/a y asistencia de Letrado/a, sin perjuicio de lo previsto para la representación y defensa de los trabajadores y de las Administraciones Públicas.Sexto: Que por Auto de fecha 6 de febrero de 2019 Se Rectifica el Auto de declaración de concurso de fecha 21 de enero de 2019, de modo que en el antecedente único y en el punto primero de la parte dispositiva, donde dice «Vacaciones Y Turismo SA Vytsa» debe decir «Vacaciones Y Turismo S.A».Asimismo, se Rectifica en el mismo Auto, en el apartado relativo a «procedimiento de referencia» que figura en el encabezamiento, la alusión a «Concurso Abreviado», que debe ser sustituida por «Concurso Ordinario».Castellón, 22 de febrero de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, Jorge González Rodríguez.
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