Concurso de acreedores terminado Sanchez Manez Jose Victor 000401841Q SLne.

Concurso de acreedores terminado Sanchez Manez Jose Victor 000401841Q SLne.

El 18-12-2018, Sanchez Manez Jose Victor 000401841Q SLne., en VALENCIA (Valencia) se ha iniciado en concurso voluntario por el tribunal de VALENCIA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B97396006. El concurso ha concluido.

Información General de Sanchez Manez Jose Victor 000401841Q SLne.

Nombre de la mercantil: Sanchez Manez Jose Victor 000401841Q SLne.
Localidad: VALENCIA
Provincia: Valencia
Dirección: ALAMEDA 3146023 VALENCIA
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B97396006
Número De Insolvencia: B97396006
Juzgado: Juzgado de VALENCIA

Actividad Principal de Sanchez Manez Jose Victor 000401841Q SLne.

La actividad de la empresa Sanchez Manez Jose Victor 000401841Q SLne. es

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Concursos de acreedores y suspensiones de pagos

Publicaciones

Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

11-01-2021
A210000281

 

Conclusión del concurso

 
Don JOSÉ VÍCTOR SANZ GORDÓN, Letrado Admon Justicia del Juzgado de lo Mercantil num. 3 de Valencia, por el presenteHago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores num. 001219/2011 habiéndose dictado en fecha 16/12/20 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:Acuerdo la conclusión del concurso de las mercantiles CESERINTRA, S.L.; INDUSTRIAS TRA, S.L.; PROMOINTRA, S.L.; BARNITZATS CHOVADES, S.L.; EBANISTERÍA DULA, S.L., cesando todos los efectos de la declaración del concurso, sin perjuicio de su posible reapertura en caso de aparición de nuevos bienes.Acuerdo la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad instante y cancelación de sus asientos registrales.Cese en su cargo el administrador concursal, quedando aprobada la rendición final de cuentas.Notifíquese esta resolución a la administración concursal, a la concursada y a todas las partes personadas en el procedimiento.Publíquese la misma mediante anuncios que se fijarán en el tablón de anuncios de este juzgado y en el BOE, de forma gratuita por inexistencia de bienes.Líbrese mandamiento por duplicado al Registro Mercantil para que proceda a la cancelación de la inscripción de los asientos correspondientes a la declaración del concurso y la hoja registral de la sociedad. Asimismo, el Registrador Mercantil deberá comunicar al resto de registros públicos en los que la concursada tenga inscritos bienes y derechos, la presente conclusión a los efectos oportunos, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el art. 485 TRLC, en relación con los arts. 554 y 555 TRLC y art. 323 RRM.Contra este auto no cabe interponer recurso alguno al no haberse formulado oposición (art. 481 TRLC).Insértese testimonio de esta resolución en los autos principales y llévese el original al Libro correspondiente.Así lo acuerda, manda y firma. Doy feValencia, 16 de diciembre de 2020.- Letrado Administración Justicia, José Víctor Sanz Gordón.

04-01-2021
A200066771

 

Conclusión por insuficiencia de masa activa

 
Don JOSÉ VÍCTOR SANZ GORDÓN, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente,HAGO SABER:Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 000870/2020 habiéndose dictado en fecha 14/12/2020 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Valencia auto de declaración de concurso voluntario de acreedores de COPIEL, S.L., con CIF B46097762, con declaración al propio tiempo de la CONCLUSION del CONCURSO por insuficiencia de masa activa.Contra la resolución de conclusión cabe interponer recurso de apelación en un plazo de veinte dias y para la Iltma. Audiencia Provincial de Valencia, plazo que se computará a los terceros interesados a partir de su publicación en el BOE.Valencia, 14 de diciembre de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, José Victor Sanz Gordón.

14-12-2020
A200062525

 

Conclusión del concurso

 
Don JOSÉ VÍCTOR SANZ GORDÓN, Letrado Admon. Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de VALENCIA, por el presente,Hago saber:Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 000585/2012 habiéndose dictado en fecha 23/11/2020 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del JUZGADO DE LO MERCANTIL N.º 3 DE VALENCIA auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:»PARTE DISPOSITIVAACUERDO LA CONCLUSIÓN del concurso de las mercantiles Ingeniería Tecnología y Sostenibilidad, S.L., Ingeniería de Tratamiento y Medio Ambiente, S.L.U., Ingeniería y Tecnología de Sistemas Automáticos, S.L. e Ingeniería y Tecnología del Medio Ambiente, S.L., cesando todos los efectos de la declaración del concurso, sin perjuicio de su posible reapertura en caso de aparición de nuevos bienes.Acuerdo la extinción de la personalidad jurídica de las sociedades instantes y cancelación de sus asientos registrales.Cese en su cargo el administrador concursal, quedando aprobada la rendición final de cuentas.Notifíquese esta resolución a la administración concursal, a la concursada y a todas las partes personadas en el procedimiento.Publíquese la misma mediante anuncios que se fijarán en el tablón de anuncios de este juzgado y en el BOE, de forma gratuita por inexistencia de bienes.Líbrese mandamiento por duplicado al Registro Mercantil para que proceda a la cancelación de la inscripción de los asientos correspondientes a la declaración del concurso y la hoja registral de la sociedad. Asimismo, el Registrador Mercantil deberá comunicar al resto de registros públicos en los que la concursada tenga inscritos bienes y derechos, la presente conclusión a los efectos oportunos, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el art. 485 TRLC, en relación con los arts. 554 y 555 TRLC y art. 323 RRM.Contra este auto no cabe interponer recurso alguno al no haberse formulado oposición (art. 481 TRLC).Insértese testimonio de esta resolución en los autos principales y llévese el original al Libro correspondiente.Así lo acuerda, manda y firma. Doy feValencia, 23 de noviembre de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, José Victor Sanz Gordón.

04-11-2019
A190060937

 

Conclusión por insuficiencia de masa activa

 
D. JOSÉ VÍCTOR SANZ GORDÓN, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente,Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 000918/2019 habiéndose dictado en fecha 21/10/2019 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil Nº 3 de Valencia auto de declaración de concurso voluntario de acreedores de INNOVACOM MOVILES, S.L., con CIF B97862775, con declaración al propio tiempo de la conclusion del concurso por insuficiencia de masa activa.Contra la resolución de conclusión cabe interponer recurso de apelación en un plazo de veinte dias y para la Iltma. Audiencia Provincial de Valencia, plazo que se computará a los terceros interesados a partir de su publicación en el BOE.Valencia, 21 de octubre de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, José Víctor Sanz Gordón.

28-01-2019
A190003610

 

Conclusión del concurso

 
D./Dña. JOSÉ VICTOR SANZ GORDÓN, Letrado/a Admon Justicia del Juzgado de lo Mercantil num. 3 de VALENCIA,Por el presente HAGO SABER: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores num. 000029/2014 habiéndose dictado en fecha 9/1/19 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del JUZGADO DE LO MERCANTIL n.º 3 DE VALENCIA auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:PARTE DISPOSITIVAACUERDO LA CONCLUSIÓN del concurso de las mercantiles LAMEDEE, S.L., MEDGLASS, S.L. y TALLER DE VIDRIO CONTEMPORÁNEO, S.L., con domicilio, todas ellas, en Camino de Albaida, s/n de L’Olleria (Valencia; C.I.F. número B-98202195; B-98208390 y B- 98385131, respectivamente. Inscritas en el Registro Mercantil de esta Provincia, al tomo 9129, folio 160, hoja V-137112; tomo 9137, folio 50, hoja V-137339 y tomo 9405, libro 6687, folio 121, hoja V- 146329, cesando todos los efectos de la declaración del concurso, sin perjuicio de su posible reapertura en caso de aparición de nuevos bienes.Acuerdo la extinción de la personalidad jurídica de las sociedades instantes y cancelación de sus asientos registrales.Cese en su cargo el administrador concursal D. ALFREDO GARCIA-PETIT BARRACHINA, con DNI 18.993702-A,designado por la entidad mercantil GARCIA PETIT I MARTI S.L.P, con CIF n.º B-12884953, para el desempeño en su nombre y por su cuenta del cargo de administrador concursal en el procedimiento de referencia, quedando aprobada la rendición final de cuentas.Notifíquese esta resolución a la administración concursal, a la concursada y a todas las partes personadas en el procedimiento. Publíquese la misma mediante anuncios que se fijarán en el tablón de anuncios de este juzgado y en el BOE, de forma gratuita por inexistencia de bienes. Líbrese mandamiento por duplicado al Registro Mercantil para que proceda a la cancelación de la inscripción de los asientos correspondientes a la declaración del concurso y la hoja registral de la sociedad. Asimismo, el Registrador Mercantil deberá comunicar al resto de registros públicos en los que la concursada tenga inscritos bienes y derechos, la presente conclusión a los efectos oportunos, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el art. 178.2 LC, en relación con los arts. 23 y 24 LC y art. 323 RRM. Contra este auto no cabe interponer recurso alguno al no haberse formulado oposición (art. 177 LC). Insértese testimonio de esta resolución en los autos principales y llévese el original al Libo correspondiente.Así lo acuerda, manda y firma. Doy fe.Valencia, 9 de enero de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Jose Víctor Sanz Gordón.

17-01-2019
A190001933

 

Auto de declaración de concurso voluntario

 
D. JOSÉ VÍCTOR SANZ GORDÓN, Letrado de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia,Por el presente, hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 001029/2018, habiéndose dictado en fecha 18/12/18 por el Ilmo./a. Sr./a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Valencia auto de declaración de concurso voluntario de acreedores de S.A.T. 519 ALGIVERT, con CIF V98258783, decretándose la suspensión de las facultades de la mercantil, habiéndose designado Administrador concursal a don Antonio Hipólito Agullo de la Prida, con domicilio profesional en avenida de Francia, 64, 12, Valencia, teléfono 965597661, y correo electrónico [email protected], expidiéndose el presente edicto a fin de que en el plazo de un mes, desde la publicación en el BOE, puedan comunicar los créditos en los términos del art. 85 LC.Valencia, 2 de enero de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, José Víctor Sanz Gordon.

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