Concurso de acreedores Mediterranean Vegetable Oils SL.
El 29-10-2019, Mediterranean Vegetable Oils SL., en TORREMOLINOS (Málaga) se ha iniciado en concurso voluntario por el tribunal de MÁLAGA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B93281541. La principal actividad de la empresa Mediterranean Vegetable Oils SL. es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
Información General de Mediterranean Vegetable Oils SL.
Nombre de la mercantil: Mediterranean Vegetable Oils SL.
Localidad: TORREMOLINOS
Provincia: Málaga
Dirección: FRUTOS HERRANZ, 3 – BL 1 PISO 3 A PTL 6 029620 TORREMOLINOS
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B93281541
Número De Insolvencia: B93281541
Juzgado: Juzgado de MÁLAGA
Actividad Principal de Mediterranean Vegetable Oils SL.
La actividad de la empresa Mediterranean Vegetable Oils SL. es Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
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Publicaciones Concurso de acreedores Mediterranean Vegetable Oils SL.:
Concursos de acreedores y suspensiones de pagos
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
15-11-2019
A190063899
Auto de declaración de concurso voluntario
EDICTOEl Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Málaga, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal,ANUNCIA:1º.- Que en el procedimiento número 961/2019 por auto de fecha 29 de octubre de 2019 se ha declarado en concurso voluntario al deudor MEDITERRANEAN VEGETABLE OILS, S.L., con CIF B93281541 y domicilio social en Torremolinos (Málaga), calle Frutos Herranz nº3, bloque 1, 2º B, portal 7, centro de principales intereses.2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración concursal.3º.- Que la Administración concursal la integra don Pedro Navarrete Molina, abogado, con DNI nº 31640616E y domicilio en Málaga, calle Cuarteles nº 39, escalera 1, 1º 1ª (29002). Teléfono 952 356 936 y dirección de correo electrónico [email protected] que designa a los efectos de comunicación de créditos.4º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.El plazo para esta comunicación es el de UN MES a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).6º.- Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.Málaga, 12 de noviembre de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, José María Casasola Díaz.
Última dirección de Mediterranean Vegetable Oils SL.: